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El BCRA abre mecanismo para quienes no pudieron pagar sus créditos

26 de marzo de 2021 - 10:40

El Banco Central de la República Argentina estableció una transición gradual en la definición de deudores, para los clientes que optaron por postergar el pago de las cuotas de créditos, debido a que este beneficio no se renovará a partir de fin de mes.

En un comunicado, la autoridad monetaria indicó que "los clientes que no puedan afrontar a partir de abril el pago de las cuotas podrán a lo largo de dos meses buscar un acuerdo con la entidad financiera para una reprogramación del crédito, antes de que se considere que ingresó en estado de mora".

"De esta manera, no se considerarán para la Central de Deudores las cuotas impagas durante los meses de abril y mayo, y recién a partir de junio las entidades financieras clasificarán a sus deudores conforme a los criterios de mora preexistentes en marzo de 2020, antes de las medidas de emergencia dictadas en el marco de las políticas de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio y de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio dispuestas por el Gobierno nacional", resaltó la entidad.

El BCRA aclaró que "la medida no tendrá impacto sobre la posición de liquidez y solvencia de las entidades financieras ya que el nivel de previsionamiento del sistema financiero es alto".

Por otra parte, el Banco Central resolvió remover la regulación que obligaba a las entidades financieras a remunerar como mínimo, con una periodicidad de al menos 30 días, los depósitos en cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social.

En un comunicado, el BCRA sostuvo que "la decisión permite a las entidades competir en igualdad de condiciones con las empresas que, sin ser entidades financieras (fintech), cumplen una misma función en la provisión de cuentas para el depósito de dinero que permiten realizar pagos, transferencias de dinero u otros débitos y créditos (tales como algunas fintech), las cuales ofrecen a sus titulares una retribución liquidando los intereses en forma diaria, permitiendo a su titular visualizar el rendimiento de sus fondos diariamente".

La decisión de la autoridad monetaria establece que "las entidades financieras podrán liquidar y acreditar los intereses con la periodicidad (diaria, semanal, mensual, etc.) que se convenga entre las partes".

Más detalles en: https://bit.ly/39hLUnY y https://bit.ly/3tUnTLM

 

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