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Ferrocarriles

Confirman que habrá sanciones para las ferroviarias que no cumplan con el servicio

24 de junio de 2013 - 14:43

El Gobierno nacional estableció un régimen de penalizaciones por incumplimiento del servicio que prestan las operadoras del tren en los ramales Sarmiento, San Martín, Mitre, Roca y Belgrano Sur. Así fue dispuesto mediante una resolución del Ministerio del Interior y Transporte, publicada el lunes en el Boletín Oficial.

"Corresponde disponer el procedimiento de determinación de incumplimientos a las obligaciones asumidas por las operadoras, y la cuantificación de las penalidades en función de un porcentual de la retribución que perciben mensualmente por la ejecución de los servicios ferroviarios a su cargo", observó el texto oficial.

Así, la resolución determinó que las empresas operadoras que quedarán bajo el régimen de penalidades son la Unidad de Gestión Operativas Ferroviaria de Emergencia (UGOFE) y la Unidad de Gestión Operativa Mitre-Sarmiento (UGOMS).

La Casa Rosa también fijó un porcentaje (desde el 4 al 25 por ciento) de sanción en caso de incumplimientos del servicio, que será descontado de la retribución mensual que percibe cada operadora.

Las penalidades serán aplicadas en base a la falta de mantenimiento en las vías, en las formaciones, en las obras, en el señalamiento, en la falta de limpieza en las estaciones, la impuntualidad o la suspensión del servicio.

Las sanciones por incumplimiento del servicio se originarán a través de informes y actas elaboradas por la Comisión Nacional de Regulación de Transporte (CNRT) o por denuncias de los usuarios, según el Ministerio.

Y puntualizó que la CNRT notificará a las operadoras, que tendrán un plazo de diez días hábiles para formular su descargo.

A su vez, la resolución estableció que "las penalidades se cuantificarán en función de un porcentual de la retribución que perciben mensualmente las Operadoras por la ejecución de los servicios ferroviarios a su cargo".

"La gravedad de las faltas o el cúmulo de sanciones aplicadas a la operadora sin haber modificado su conducta, autoriza a la autoridad competente a la aplicación de la máxima sanción, es decir, la rescisión del acuerdo de gerenciamiento u operación correspondiente", advirtió el Ministerio.

Ese organismo justificó la decisión al puntualizar que "la implementación de este régimen de penalidades coadyuvará a generar los incentivos necesarios para alcanzar los niveles deseados de calidad".

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