La Superintendencia de Riesgos del Trabajo extendió hasta el 30 de junio próximo el plazo para que las micro, pequeñas y medianas empresas se inscriban en el Régimen de Planes de Pago.
La SRT prorrogó el tiempo de ingreso de PYMES a planes de pago
El programa está destinado a cancelar deudas con el Fondo de Garantía en concepto de cuota omitida y de multas.
Lo hizo a través de la disposición 7/2020 publicada en el Boletín Oficial, mediante al cual postergó el pago de la primera cuota del plan para el 20 de septiembre.
Originalmente el plazo para acogerse a la moratoria era hasta el 30 de abril; y la primera cuota se debía pagar el 20 de julio.
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Los pagos restantes vencerán en forma mensual y consecutiva el día 20 de cada mes, o inmediato posterior hábil si aquel resultara inhábil.
El Régimen aplica a las obligaciones vencidas al 30 de noviembre del año pasado, y respecto al plan de pago por cuota omitida, el importe de cada pago, incluido capital e interés, en ningún caso podrá ser inferior a $200; la cantidad máxima será de 60 cuotas; y la tasa de interés de financiación del 1,5% mensual.
En el caso de multa impuesta por la SRT, las condiciones serán las mismas, salvo por el interés que será de 3% mensual respecto de los primeros 12 meses, y luego con una tasa variable equivalente a la Badlar utilizable por los bancos privados.
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