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AFIP

Comercios: actualizaron la cifra de venta para informar datos del cliente

29 de marzo de 2019 - 09:17

AFIP aumentó de $5.000 a $10.000 el monto a partir del cual los comerciantes están obligados a consignar los datos del comprador en sus comprobantes.

Además, estableció que desde 2020 este monto tendrá dos actualizaciones por año.

Los comerciantes deberán consignar en sus comprobantes apellido y nombre del comprador, un domicilio, el número de DNI y de CUIT o CUIL.

El nuevo valor regirá desde el 2 de mayo de 2019, informó la AFIP en un comunicado.

Respecto a las actualizaciones anuales, los importes en operaciones con consumidores finales se actualizarán en enero y julio de cada año, según el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Estas actualizaciones, que regirán desde enero de 2020, serán informadas semestralmente en la web del organismo.

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De todas formas, la AFIP aclaró que en operaciones que no se realicen a través de medios electrónicos de pago, la obligación se mantiene en $5.000.

Además, no regirán estos importes cuando se trate de ventas realizadas por responsables inscriptos cuya actividad principal corresponda a la comercialización mayorista.

Estas modificaciones a la Resolución General N° 1.415, fueron publicadas el jueves en el Boletín Oficial.

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