Según una resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos, las empresas del sector deberán cumplir con este requisito para poder faenar.
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SUSCRIBITESegún una resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos, las empresas del sector deberán cumplir con este requisito para poder faenar.
El ente recaudador dispuso mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial que los frigoríficos faenadores quedarán obligados a ingresar un pago a cuenta por las contribuciones del régimen de seguridad social.
Este será el requisito necesario para obtener la autorización del Ministerio de Agroindustria para la faena de animales del mes siguiente.
Según informó el organismo, el cálculo para el pago surge de multiplicar $40 por animal faenado, "tomando como base el promedio mensual de faena del trimestre anterior al pago".
"Los frigoríficos deberán depositar el mismo mediante transferencia electrónica de fondos hasta el 23 de cada mes y operará a cuenta de las contribuciones patronales con destino a la seguridad social", aclaró el ente que conduce Alberto Abad.
La medida se integra a la establecida en marzo pasado, que fijó un pago a cuenta de IVA por cabeza faenada, entre otras medidas.
"La AFIP informará periódicamente a la Subsecretaría de Control Comercial Agropecuario los pagos realizados y la misma no habilitará la faena a quienes no hubieran cumplido con esta obligación", indicó la resolución.
"Además serán suspendidos por la AFIP del Registro Fiscal de Operadores de Carnes", señaló el ente tributario.
Más detalles en: https://goo.gl/RXww5X