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Ley Penal Cambiaria

AFIP pone la lupa sobre quienes compraron dólares para turismo y luego no viajaron

28 de enero de 2013 - 14:44

La Administración Federal de Ingresos Públicos profundizará los controles para que aquellos que hayan adquirido dólares –o cualquier otra moneda– para viajar al exterior y no hayan realizado el viaje, los devuelvan. 

Según el ente recaudador, en junio del 2012, 34.500 personas compraron moneda extranjera y aproximadamente un 20% no realizó su viaje. 

Antes de implementar algún tipo de penalidad sobre quienes hayan hecho tales maniobras, el organismo deberá, primero, avisar al Banco Central (BCRA) para que evalúe la aplicación de sanciones de la Ley Penal Cambiaria.

Previamente, AFIP había cruzado información con las bases de datos de la Dirección Nacional de Migraciones para “constatar la efectiva realización de los viajes declarados ante el organismo”, dando como resultado que en este tipo de casos, Uruguay aparecía como principal destino elegido para hacer la compra.

La normativa vigente señala que Dirección Nacional de Migraciones (DNM) es la encargada de generar la información, que le permitirá al Gobierno comprobar que quienes hayan gozado del “privilegio” de comprar legalmente divisas a precios más bajos (que el paralelo) efectivamente las usen con el fin que habían declarado. 

La DNM tiene a su cargo la base de datos sobre el ingreso y la salida de personas del país. Cone sta información, la AFIP y el Banco Central (BCRA) cruzan los datos de las personas que pasaron por los mostradores de bancos o casas de cambio para comprar por su viaje al exterior.

Según la normativa del Central, en caso de que un viaje no se concrete los contribuyentes deberán reintegrar los dólares adquiridos en un plazo de no más de 5 días, o atenerse a las penas que fija la Ley Penal Tributaria. 

La norma establece que el infractor podrá ser obligado a pagar una multa de hasta diez veces el monto de la operación con la que se cometió la infracción, o incluso prisión de uno a cuatro años en caso de reincidencia. 

Además, señala que en el caso de postergar un viaje, se otorgará un plazo de diez días para concretarlo.

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