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Resolución

Empleadores podrán pagar en 24 cuotas las multas por falta de pago de aportes patronales

15 de enero de 2013 - 16:24

El Ministerio de Trabajo dispuso que puedan abonar en esa modalidad las penas por falta de aportes y contribuciones de los empleados, por considerar que es "oportuno" hacerlo. Así lo estableció mediante una resolución de la Secretaría laboral, publicada en el Boletín Oficial.

A partir de esta medida, aquellos planes de pago cuyo monto no traspase la suma equivalente a 20 veces el valor mensual del salario mínimo vital y móvil, vigente al momento del otorgamiento del respectivo plan, "serán autorizados por los delegados regionales y por el director de Inspección Federal en sus respectivos ámbitos jurisdiccionales".

Además, aquellos empleadores que deban pagar multas por incumplimientos "y tengan la voluntad a acogerse al Plan Nacional de Regularización del Trabajo, deberán manifestarlo con anterioridad al inicio de la ejecución judicial de la multa impuesta", según la iniciativa oficial.

También deberán presentar en la Delegación Regional o Dirección de Inspección Federal, en la cual tramitan las actuaciones, el "Formulario de Adhesión de Pago en Cuotas" que se le entregará en sede administrativa.

La resolución aclaró que en el mismo acto de presentación de la solicitud "se resolverá, de corresponder, la emisión de la constancia que concede el pago de las multas en cuotas, solicitando la firma del presentante con facultades de hacerlo".

"Caso contrario, el acto administrativo que otorga el pago en cuotas será notificado, junto con las boletas de depósito, al mail que el solicitante consigne en el escrito de solicitud. En caso de no prosperar ninguno de los sistemas descriptos, el peticionante deberá concurrir en el plazo de cinco días hábiles, ante la dependencia en la que efectuó la solicitud, a fin de notificarse de lo resuelto", agregó.

Y detalló que "el monto de cada cuota otorgada se determinará en consideración a los antecedentes del infractor, a su situación económica-financiera y a la gravedad y naturaleza del incumplimiento sancionado".

La norma oficial también dispuso que "la firma del formulario implica el expreso reconocimiento de la infracción constatada y la renuncia al derecho de interponer todo descargo, recurso o reclamo administrativo o judicial en referencia a la multa impuesta".

La nueva resolución derogó una previa, tomada por la misma Secretaría de Trabajo en 2011, que establecía el procedimiento aplicable a los planes de pago de multas de sumas inferiores a 50 mil pesos.
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