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Corrección

Reconfiguración de AFIP regulariza a 10.000 monotributistas dados de baja

5 de febrero de 2016 - 11:44

Esa cantidad de contribuyentes había sido dada de baja del régimen el 9 de diciembre pasado, luego de que el ente recaudador tomara de forma errónea un tope de gastos anuales para quienes venden cosas muebles.

En su último día como titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Ricardo Echegaray, publicó en el Boletín Oficial una decisión excluyendo a 11.951 monotributistas, fuera de la fecha legal, que es el 1º de cada mes.

Esa decisión impidió a los involucrados la posibilidad de presentar una apelación, debido a las festividades de fin de año y los correspondientes feriados.

Una gran parte de los excluidos por un error en el cruce de datos evitaron sufrir problemas con el fisco porque Alberto Abad, el actual jefe de la AFIP, había extendido el lapso de apelación.

Esta metodología se hace para determinar si el contribuyente está debidamente registrado o si, por el contrario, existen motivos para pasarlo al Régimen General de IVA y Ganancias.

La corrección de los datos derivó en la publicación, en el Boletín Oficial del jueves, de un listado de monotributistas que sí se considera que deben estar excluidos y que corrige los errores de dos meses atrás.

En la nueva lista hay 2082 contribuyentes, que eran parte de los que incluía el listado del 9 de diciembre. Estos ahora deben apelar, pero si ya lo hicieron, no deben hacerlo por segunda vez, informó el diario El Cronista.

El organismo estatal detectó "errores sistémicos", ya que se cruzaron lo datos tomando equívocamente la causal de exclusión definido por el artículo 20 en los incisos a y k de la ley del Monotributo.

Lo que allí se dispone es que el valor de las compras y gastos anuales referidos a la actividad económica realizada por el contribuyente, no puede superar el 80% del tope de facturación permitida para estar en el régimen simplificado, en caso de venta de bienes muebles, que es de $600.000; o el 40% del tope, si se trata de prestación de servicios, para quienes el máximo de ingresos es de $400.000.

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