A partir de noviembre, los bancos comenzaron a emitir los resúmenes de cuenta con el agregado impositivo que decidió aplicar la AFIP para los consumos en dólares.
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Rige el recargo del 15 por ciento en los consumos en dólares con tarjeta de crédito
Es que el ente recaudador debería informar a cada empresa el monto que se les retiene, por este cargo, a sus empleados. Además, aún no se permite que quienes están exentos de Ganancias queden afuera del recargo.
Ese "plus" del 15 por ciento para las compras en dólares con tarjeta de crédito quedó establecido para las compras realizadas en el exterior del país.
La resolución de la AFIP estableció que las percepciones puedan ser consideradas como pagos a cuenta, solo por los siguientes tributos: monotributistas, del impuesto sobre los Bienes Personales e impuesto a las Ganancias.
Para descontar el recargo, el organismo dispuso que se lo deberá incluir en la declaración jurada de Ganancias o de Bienes Personales, correspondientes al período fiscal en el cual se pagó.
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