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Moratoria

Extienden por un mes la moratoria que permite pagos en hasta 120 cuotas

1 de junio de 2015 - 12:31

La AFIP prorrogó hasta el 30 de junio el régimen especial de facilidades de pago para la cancelación de deudas impositivas, de los recursos de la seguridad social y aduaneras vencidas al 28 de febrero de 2015

La Administración Federal de Ingresos Públicos oficializó la iniciativa a través de una resolución general publicada en el Boletín Oficial.

"Fíjase el día 30 de junio de 2015, inclusive, como fecha hasta la cual los contribuyentes y/o responsables podrán efectuar su adhesión al régimen especial de facilidades de pago establecido por la Resolución General 3756 y su complementaria", expresa el primer artículo del texto oficial. 

El plan entrega la chance de abonar deudas en hasta 120 cuotas, con una tasa de interés del 1,9% mensual y un pago inicial del 7% del total a refinanciar. 

La moratoria permite incorporar al sistema deudas por IVA, Ganancias, Bienes Personales, aportes de seguridad social, contribuciones de seguridad social, multas aplicadas por la Aduana, cargos suplementarios por diferencias de valor o cantidades declaradas en operaciones de comercio exterior y planes de facilidades caducos al 31 de marzo de 2015. 

Para acceder al beneficio, los contribuyentes deben acreditar la misma cantidad de personal al cierre de 2014, pendiendo las condiciones de estacionalidad de ciertas actividades. 

También tienen que estar al día con los vencimientos y declaraciones juradas -presentadas y pagadas- de marzo y abril de 2015. 

De acuerdo con lo dispuesto oficialmente, las empresas tienen una cuota mínima de 500 pesos mensuales, mientras que para los monotributistas es de 150 pesos, que se abonan a través de débito automático. 

AFIP habilitó la prórroga porque "se ha observado que la medida ha resultado exitosa dada la amplia adhesión por parte de los contribuyentes y/o responsables".

No obstante, aclaró que "en el marco de los Consejos Consultivos se ha manifestado que las dificultades propias de los contribuyentes y/o responsables, en muchos casos, no han permitido que los mismos hubieran finalizado las tareas previas a la adhesión lo que impide que la misma se efectúe dentro de los plazos previstos". 

"En virtud de ello, y a efectos de posibilitar a los contribuyentes y/o responsables cancelar las deudas impositivas, de los recursos de la seguridad social y aduaneras vencidas al día 28 de Febrero de 2015, inclusive, resulta aconsejable fijar una nueva fecha para la adhesión al plan de facilidades en cuestión", explicó el organismo.

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