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Facilidades

Activan plan de facilidades de pago en deudas impositivas y previsionales

27 de marzo de 2015 - 11:51

La Administración Federal de Ingresos Públicos oficializó la puesta en marcha de la iniciativa oficial que permitirá hasta 120 cuotas para cancelar obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social impagas, con una tasa mensual del 1,9%

La medida anunciada por la presidente Cristina Fernández de Kirchner el jueves comenzó a regir tras la publicación, el viernes, de la Resolución General 3756 de AFIP.

Las facilidades de pago competen a quienes tengan deudas con el Fisco vencidas al 28 de febrero de este año. El plan cuenta con un plazo máximo de 120 cuotas, una tasa de interés del 1,9% mensual y se puede adherir hasta el 31 de mayo inclusive.

Los contribuyentes que ingresen deberán cancelar el 7% del total de la deuda en la primera cuota.

Para plegarse a la iniciativa, los contribuyentes deben tener la misma cantidad de empleados declarados que en 31 de diciembre de 2014 y cumplir en tiempo y forma con las obligaciones "corrientes" posteriores al 28 de febrero.

AFIP detalló que "las deudas que entran en este régimen de facilidades son aquellas generadas por: IVA, Ganancias, Bienes Personales, aportes de seguridad social, contribuciones de seguridad social, multas aplicadas por la Aduana, cargos suplementarios por diferencias de valor o cantidades declaradas en operaciones de comercio exterior y planes de facilidades caducos al 31 de marzo de 2015".

En los considerandos, aclaró que el plan "caducará si el contribuyente no paga una de las cuotas después de los 30 días de su vencimiento o si no paga en tiempo y en forma sus obligaciones corrientes vencidas con posterioridad al 28 de febrero de 2015".

Las deudas excluidas del régimen son las generadas por: retenciones y percepciones; anticipos a cuenta de impuestos; cuotas de planes vigentes; aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales, excepto las correspondientes a los monotributistas; las cuotas de las ART y la contribución mensual con destino al Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA).

Al respecto, el organismo recaudador destacó que "esta medida del Gobierno Nacional se da el marco del desarrollo estructural de las empresas, la generación de empleo, el mantenimiento de las fuentes de trabajo y el fortalecimiento del poder adquisitivo de los ciudadanos, entendiendo que es oportuno facilitar a los contribuyentes el cumplimiento voluntario de sus obligaciones con el Fisco".

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