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AFIP

Mayor control oficial sobre el comercio de granos y silobolsas

2 de marzo de 2015 - 15:19

El Gobierno nacional emitió -a través del Boletín Oficial- dos resoluciones para profundizar su seguimiento de la comercialización de cereales y oleaginosas, y la producción de las bolsas que contienen y preservan parte de la cosecha

De la mano de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se impuso un nuevo procedimiento de registración de los contratos y operaciones de compraventa de granos.

Asimismo, se creó un régimen de información de las operaciones de venta de bolsas plásticas para el almacenamiento de los granos recogidos de los campos, instrumentos conocidos como silobolsas.

La Resolución general 3744 del ente recaudador se aplica a los granos no destinados a la siembra (cereales y oleaginosos) y legumbres secas (porotos, arvejas y lentejas).

El nuevo mecanismo de transmisión electrónica de datos, que rige desde el lunes, permitirá seguir vía online del proceso efectuado por los productores y operadores comerciales agrarios.

Los nuevos formularios de declaración jurada deberán incluir los datos de cabecera, del vendedor, del mercado, del comprador y, de corresponder, del corredor-vendedor y del corredor-comprador, según la normativa actual. 

A su vez, la resolución general 3745 de la AFIP sobre el régimen informativo concerniente a las silobolsas es relativa a quienes fabriquen esos productos y los vendan a nombre propio, y a quienes lo hagan "incluso por cuenta de terceros en carácter de revendedores o intermediarios.

La obligación de informar será mensual e incluye a las operaciones efectuadas durante el período comprendido entre los días 1 de octubre y el 28 de febrero pasados, que deberá formalizarse hasta el próximo 30 de abril.

La Administración Feeral de Ingresos Públicos destacó que la implementación del nuevo régimen es optimizar las funciones fiscalizadoras, e intensificar el uso de sistemas informáticos que faciliten a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones.

Ambas resoluciones se publican en el Boletín Oficial con la firma del titular de la AFIP, Ricardo Echegaray.

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