El Gobierno dejó sin efecto la exclusión del metilato de sodio del régimen de importación temporaria y habilitó nuevamente que ese insumo ingrese al país para recibir perfeccionamiento industrial con obligación de reexportación.
Para continuar, suscribite a Somos Pymes. Si ya sos un usuario suscripto, iniciá sesión.
SUSCRIBITELa medida apunta a estimular la actividad industrial y las exportaciones.
El Gobierno dejó sin efecto la exclusión del metilato de sodio del régimen de importación temporaria y habilitó nuevamente que ese insumo ingrese al país para recibir perfeccionamiento industrial con obligación de reexportación.
Lo hizo mediante la Resolución 52/2026, publicada en el Boletín oficial.
La norma de la Secretaría de Industria y Comercio serivió para derogar la Resolución 171/2014 de la entonces Secretaría de Comercio, que había sacado al producto del régimen especial.
El metilato de sodio, que clasifica en la posición arancelaria 3824.90.85 de la Nomenclatura Común del Mercosur, vuelve así a poder importarse temporariamente bajo el Decreto 1330/2004, que regula el esquema.
En los considerandos, la cartera económica esgrimió que se trata de una herramienta para estimular la actividad industrial y las exportaciones, y sostuvo que el retorno del producto al régimen apunta a dar mayor competitividad al sector exportador.
La resolución instruye a la Dirección General de Aduanas, dependiente de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, a operativizar los cambios en el tratamiento del insumo químico.
La norma, firmada por el secretario de Coordinación de Producción, Pablo Agustín Lavigne, comenzará a regir desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
El Ministerio de Economía aprobó el Plan de Acción y Presupuesto 2026 de Innovaciones Tecnológicas Agropecuarias SA (INTEA), vinculada al INTA y bajo la órbita de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.
La Resolución 177/2026 fija para INTEA ingresos de operación por $5.625.542.931 y gastos operativos por $5.094.092.047, lo que arroja una ganancia de operación estimada en $531.450.884.
En términos económicos, el texto estima ingresos corrientes por $5.925.542.931 y gastos corrientes por $5.409.157.199, con un ahorro proyectado de $516.385.732 para el ejercicio 2026.
Además, se calculan recursos de capital por $50.000.000 y no se prevén gastos de capital, por lo que el resultado financiero (superávit) se ubica también en $566.385.732, de acuerdo con las planillas anexas.
La resolución consigna el aval de la Oficina Nacional de Presupuesto y del servicio jurídico de Economía, y se dicta en base al artículo 49 de la Ley 24.156 y su decreto reglamentario.
El ministro Luis Caputo ordenó comunicar, publicar y remitir la medida a la Dirección Nacional del Registro Oficial, mientras que los anexos técnicos con el detalle del plan y el presupuesto se difunden en la edición web del Boletín Oficial.