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Resolución

El Gobierno oficializó la reglamentación del nuevo sistema antidumping

El objetivo es bajar los costos en los procesos productivos que impactan en los precios.

Somos Pymes | Redacción Somos Pymes
Por Redacción Somos Pymes 28 de abril de 2025 - 11:38

El Gobierno nacional publicó la reglamentación del nuevo sistema antidumping que busca reducir costos en procesos productivos.

Reglamentación del nuevo sistema antidumping

La medida dispone y actualiza los requisitos para la presentación de solicitudes de investigación por prácticas desleales de comercio y la aplicación de medidas de salvaguardia.

Entre los principales parámetros establecidos por la Resolución, figuran:

_Instancia Optativa de Asesoramiento: Se creó una etapa previa y opcional para que las partes interesadas en presentar solicitudes puedan recibir asesoramiento.

Esta instancia se inicia a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) y tiene una duración máxima de 3 meses desde la reunión inicial.

Durante esta etapa, los solicitantes pueden requerir acceso a datos del mercado interno del país exportador o colaboración para buscar información pública de importaciones y clasificación aduanera.

_Requisitos Formales de la Solicitud: Las partes interesadas deben solicitar previamente la clasificación arancelaria de la mercadería a través de TAD.

Se detalla cómo los productores nacionales o entidades empresarias deben acreditar su legitimación, requiriendo notas de asociaciones o actas de asamblea y adhesiones.

Se especifican los formularios que deben completarse para cada tipo de solicitud, como investigaciones por dumping/subvención, exámenes de medidas vigentes, prácticas elusivas, nuevo exportador o medidas de salvaguardia.

La presentación debe hacerse principalmente por correo electrónico a la Mesa de Entradas virtual de la Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE), con direcciones separadas para información pública y confidencial.

_Control de Compromisos de Precios: La CNCE realizará informes sobre el cumplimiento de los compromisos de precios vigentes y notificará a las firmas exportadoras en caso de incumplimiento, otorgando 10 días para el descargo.

_Examen por Nuevo Exportador: Para solicitar un examen como nuevo exportador, se deberán considerar volúmenes mínimos de operaciones comerciales “normales y significativas” hacia Argentina, definidos por la CNCE y que representen hasta el 6% de las importaciones totales del producto.

La CNCE elevará una recomendación a la Secretaría en 30 días, y tras la apertura, el solicitante tendrá 90 días para realizar y acreditar dichas operaciones mínimas.

_Suspensión de Medidas: Una medida puede suspenderse por hasta 6 meses, prorrogable por un período no mayor a 1 año, a pedido del titular del Ministerio de Economía.

Esto requerirá un informe técnico de la CNCE en 90 días sobre la situación del mercado y el producto.

Agilización del comercio exterior

La decisión del Poder Ejecutivo apunta a elevar la eficiencia, agilidad y transparencia en las investigaciones relacionadas con el comercio internacional.

La Secretaría de Industria y Comercio implementaroncambios en los requisitos y procedimientos para la presentación de solicitudes de investigación por prácticas desleales, revisión de medidas y pedidos de salvaguardias.

La Resolución también estableció plazos generales, indicando que serán de días corridos salvo disposición en contrario.

Al respecto, aclaró que no se aplicará el “plazo de gracia” del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para la presentación de escritos.

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