El Gobierno nacional estableció una alícuota del cero por ciento (0 %) para los derechos de exportación de petróleo crudo proveniente de yacimientos convencionales cuando el precio sea menor o igual a US$65.
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SUSCRIBITESe busca sostener los niveles de producción e inversión en áreas maduras.
El Gobierno nacional estableció una alícuota del cero por ciento (0 %) para los derechos de exportación de petróleo crudo proveniente de yacimientos convencionales cuando el precio sea menor o igual a US$65.
Lo hizo mediante el Decreto 59/2026, publicado en el Boletín Oficial.
El objetivo de la medida es revertir el declive de la producción en reservorios convencionales, los cuales enfrentan un agotamiento natural y un incremento en sus costos operativos.
El beneficio impacta en áreas maduras ubicadas en las provincias de Santa Cruz, Chubut y Neuquén.
La normativa modifica el esquema previo, que establecía un Valor Base de 45 dólares para empezar a tributar.
Con los nuevos parámetros, si el precio internacional supera los US$ 65 pero se mantiene por debajo de los US$ 80 (Valor de Referencia), se aplicará una fórmula de cálculo específica; si el precio iguala o supera los US$ 80, la alícuota será del 8 por ciento.
Según los considerandos de la norma, la adecuación fiscal busca mejorar la competitividad del sector y fomentar inversiones, tras acuerdos alcanzados entre el Estado Nacional, las provincias de Chubut, Neuquén y Santa Cruz, y la Cámara de Empresas Productoras de Hidrocarburos (CEPH).
La negociación con los estados provinciales se da en el marco de la discusión parlamentaria por la reforma laboral que necesita de los votos de provincias aliadas al oficialismo.
Para la implementación del beneficio, la Secretaría de Energía determinará el volumen de crudo incluido en el esquema basándose en la proporción de producción convencional de cada área de concesión.
El organismo dispone de un plazo de 60 días para dictar las normas complementarias, momento a partir del cual la medida surtirá efectos plenamente.
