La Administración de Ingresos Públicos (AFIP) suspendió el aumento de la tasa de interés que debía aplicarse desde el próximo martes a contribuyentes que ingresaron en la moratoria lanzada en 2020.
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SUSCRIBITELa Administración de Ingresos Públicos (AFIP) suspendió el aumento de la tasa de interés que debía aplicarse desde el próximo martes a contribuyentes que ingresaron en la moratoria lanzada en 2020.
Lo hizo a través de la Resolución 5431 de AFIP, publicada en el Boletín Oficial.
La medida beneficia a micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y organizaciones comunitarias y personas humanas.
La actualización de la tasa pasará de ser semestral a anual, con lo cual el próximo aumento de cuotas será recién en abril del 2024.
El martes 17 de octubre, todas las MiPyMEs que están pagando cuotas de la Moratoria de la Ley 27653 iban a sufrir un aumento de las mismas aproximadamente del 50% en los planes de 120 cuotas.
Ese porcentaje de aumento iba a ir disminuyendo de acuerdo a la cantidad de cuotas originalmente solicitadas.
“El aumento se iba a generar porque la tasa BADLAR de Bancos Privados que se toma semestralmente como referencia para establecer el interés de cada cuota aumentó del 72% anual al 112,625% anual”, mencionó el tributarista Sebastián Domínguez.
El especialista indicó que “si bien el Gobierno había anunciado el sábado 14 de mayo que iba a tomar una medida para diferir el pago de los intereses generado por ese aumento y disminuir los montos de las cuotas, esa medida nunca fue instrumentada y el aumento quedó consolidado”.