La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) definió quiénes pueden reingresar inmediatamente al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes del Monotributo.
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SUSCRIBITELos cambios establecidos en la Ley Bases que impactan en el sistema tributario.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) definió quiénes pueden reingresar inmediatamente al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes del Monotributo.
Eso es posible a través de la reciente actualización de los límites de facturación anual incluida en la Ley Bases. Así lo mostró un informe de TributoSimple.
La norma incluyó muchos cambios, entre ellos el aumento de los límites de facturación anual de las distintas categorías.
Toma en cuenta los siguientes valores:
_Categoría A: $6,45 millones
_Categoría B: $9,45 millones
_Categoría C: $13,25 millones
_Categoría D: $16,45 millones
_Categoría E: $19,35 millones
_Categoría F: $24,25 millones
_Categoría G: $29 millones
_Categoría H: $44 millones
_Categoría I: $49,25 millones
_Categoría J: $56,4 millones
_Categoría K: $68 millones
El ente recaudador tuvo en consideración que con este gran aumento de las categorías, muchos contribuyentes podrían volver a este régimen.
En ese contexto se estableció que quienes fueron excluidos o renunciaron al monotributo entre enero y julio de este año, podrán reingresar inmediatamente al Monotributo (es decir, sin esperar el tiempo debido por ley de 3 años) por única vez.
Para gozar de esta excepción, el contribuyente tiene tiempo de llevar a cabo el trámite hasta el 30 de septiembre de este año, inclusive.
El regreso al Régimen Simplificado tendrá efecto a partir del primer día del mes siguiente al que se haga la solicitud.
Asimismo, tanto los valores de las categorías como la permanencia o excluidos del Monotributo serán actualizados semestralmente desde el 2025.