La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió el plazo para que las personas humanas y sucesiones indivisas realicen la presentación de las declaraciones juradas y el pago del saldo resultante de los impuestos correspondientes al período fiscal 2025.
Lo hizo a través de la Resolución General 5851/2026, publicada en el Boletín Oficial.
Prórroga del vencimiento en Ganancias
La decisión fue anticipada este jueves por el ministro de Economía, Luis Caputo, tras reunirse con un grupo de tributaristas quienes le plantearon las dificultades en cumplimentar ese cronograma, así distintos aspectos de la ley para incentivar el uso de los dólares del colchón.
La medida alcanza al Impuesto a las Ganancias, sobre los Bienes Personales y al Impuesto Cedular.
Los contribuyentes podrán cumplir con estas obligaciones, de manera excepcional, hasta el 27 de julio de 2026, inclusive.
Este nuevo cronograma sustituye las fechas de vencimiento general que se habían establecido previamente para el año calendario.
Según los considerandos de la norma, la decisión se tomó debido a que "diversas entidades representativas de los profesionales en ciencias económicas han planteado la necesidad de contar con un plazo adicional para la correcta y completa confección de las referidas declaraciones juradas".
El ente recaudador consideró aconsejable otorgar la prórroga con el fin de "facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias".
En cuanto a las declaraciones juradas informativas que deben presentar los beneficiarios de ciertas rentas (empleados y jubilados), el plazo se extendió hasta el 31 de julio de 2026, inclusive.
Claves de la Ley de Inocencia Fiscal
En febrero, el Gobierno reglamentó el Régimen Penal Tributario y del Procedimiento Tributario, conocido como “inocencia fiscal”, que busca incentivar el uso de los “dólares del colchón“.
El nuevo régimen actualizó los montos que determinan los delitos fiscales. El piso para la evasión simple subió de $1,5 millones a $100 millones. Para la evasión agravada, pasó de $15 millones a $1000 millones.
También se incorporó un mecanismo que permite extinguir la acción penal si el contribuyente cancela la deuda e intereses antes de que se formule la denuncia.
Por su parte, se creó un Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias para personas físicas con ingresos de hasta $1000 millones anuales y patrimonios menores a $10.000 millones.
En este esquema, el impuesto se calculará sobre la facturación y no sobre la evolución patrimonial, y la declaración será confeccionada por el propio organismo recaudador con base en la información disponible.
Quienes paguen en término quedarán liberados de otras obligaciones formales, salvo errores graves.