La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) postergó al 1 de agosto de 2026 la entrada en vigencia de las Resoluciones Generales 5.782 y 5.785, que modifican el esquema de facturación electrónica y el uso del Código de Autorización Electrónico Anticipado (C.A.E.A.).
Lo hizo mediante la Resolución General 5852/2026, publicada en el Boletín Oficial.
Cambios en la facturación electrónica
La medida responde a los inconvenientes técnicos planteados por diversas cámaras empresariales para concluir las adecuaciones requeridas en sus sistemas informáticos de facturación.
Según la norma, la Resolución General 5.782 establece una evolución hacia la facturación en línea mediante la aplicación generalizada del Código de Autorización Electrónico (C.A.E.).
Mientras que la Resolución General 5.785 dispone que el procedimiento especial del C.A.E.A. sea utilizado como primera opción de contingencia cuando la emisión de comprobantes electrónicos se realice a través de WebService.
ARCA aclaró que razones de buena administración tributaria aconsejan diferir la implementación de ambas disposiciones hasta el 1° de agosto de 2026.
La resolución establece que desde el 1° de junio de 2026 no será necesaria la solicitud de adhesión prevista en la Resolución General 2.926 para utilizar el C.A.E.A. como modalidad complementaria de contingencia, en los términos de la Resolución General 4.290.
También se dispuso que, desde esa misma fecha, no se admitirán nuevas solicitudes de adhesión para utilizar el procedimiento del C.A.E.A. como modalidad principal de emisión de comprobantes.
La resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Impacto en las PyMEs regionales
La prórroga evita un escenario de alta fricción administrativa en un contexto económico problemático para las pequeñas y medianas empresas del país.
Comercios, hoteles, estaciones de servicio, distribuidores y cooperativas tuvieron en los últimos meses márgenes de ganancias bajos, una caída del consumo y un encarecimiento financiero.
Incorporar cambios obligatorios en software fiscal implicaba sumar costos en capacitación, soporte técnico y adecuación de sistemas.
ARCA introdujo otra modificación relevante: desde el 1 de junio de 2026 ya no será necesario solicitar autorización previa para utilizar el C.A.E.A. como mecanismo complementario de contingencia.
Las firmas podrán recurrir más fácilmente a un esquema alternativo cuando fallen los sistemas online de facturación.
Para provincias como Misiones, donde existen zonas con conectividad irregular y operaciones comerciales alejadas de centros urbanos, esa flexibilización reduce riesgos de paralización administrativa.
La contracara es que ARCA cerrará el ingreso de nuevos contribuyentes que quieran utilizar el C.A.E.A. como modalidad principal de emisión de comprobantes.
El objetivo oficial sigue siendo avanzar hacia un sistema completamente online y centralizado, con trazabilidad en tiempo real de operaciones comerciales.