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Presión impositiva

El Presidente prometió avanzar con la reforma tributaria en 2024

Se lo informó al Congreso Nacional durante la reposición del Impuesto a las Ganancias para asalariados.

24 de enero de 2024 - 18:42

El Gobierno nacional avanzará en una reforma del sistema tributario argentino con la intención de que comience a regir desde 2025.

Así lo comunicó en uno de los anexos que giró al Congreso Nacional para la reposición del impuesto a las Ganancias para asalariados.

La reforma tributaria del Presidente

“Durante el transcurso del año 2024 el Poder Ejecutivo Nacional presentará una reforma integral del sistema tributario con el fin de simplificarlo, lograr un aumento de la base de contribuyentes registrados e ir reduciendo la presión fiscal a partir del 1° de enero de 2025 en adelante”, indicó el texto del Poder Ejecutivo.

No obstante, aclaró que se llevará a cabo “en la medida en que se cumpla con los objetivos planteados, específicamente en cuanto a obtener superávit fiscal durante el transcurso del presente año”.

De esta forma, el presidente Javier Milei mandó una señal clara al sector privado aunque faltan los principales aspectos a reformar.

En el documento enviado al Parlamento para reinstaurar el impuesto a las Ganancias, el Ejecutivo insistió en que “no quedan dudas de que el Estado Nacional se encuentra obligado a balancear sus cuentas fiscales, debiendo para ello apoyarse dos pilares fundamentales: la reducción de gasto público y la recaudación impositiva”.

Milei prometió rebajar de impuestos y quitar al Estado de los mecanismos de producción y contratación de trabajo.

Cambios en Bienes Personales

El Gobierno introdujo una nueva versión del proyecto que sube el mínimo no imponible y premia a cumplidores.

Tras las últimas negociaciones con los distintos grupos de la oposición, el oficialismo logró presentar una nueva versión de la Ley Ómnibus.

Entre ellos, el capítulo del impuesto a los Bienes Personales tuvo significativas modificaciones, entre las que se destacan algunas mejoras para el contribuyente en lo atinente a mínimos no imponibles más altos.

También hubo retoques en las alícuotas de los próximos años donde se pierde la gradualidad a la baja que ofrecía el primer borrador.

Y se incorporó un beneficio para los contribuyentes cumplidores entre los períodos 2020 a 2022, algo muy reclamado por la oposición

Respecto de la suba del mínimo imponible, tras la discusión en comisión y las posteriores negociaciones, se logró llevar el umbral a partir del cual se comienza a pagar el tributo a los 100 millones de pesos y en el caso de la casa habitación hasta los 350 millones de pesos.

"No estarán alcanzados por el impuesto los bienes gravados, (…) cuando su valor en conjunto determinado de acuerdo con las normas de esta ley, resulten iguales o inferiores a cien millones de pesos ($100.000.000). De tratarse de inmuebles destinados a casa-habitación del contribuyente, (…), no estarán alcanzados por el impuesto cuando su valor determinado de acuerdo con las normas de esta ley, resulten iguales o inferiores a trescientos cincuenta millones de pesos ($350.000.000)”, resaltó el nuevo articulado

El monto es diferente a los $27.377.408,28 y $136.887.041,42 que funcionaban como mínimos de la versión anterior.

En cuanto a las alícuotas, el proyecto anterior reducía progresivamente año a año las mismas hasta terminar en 2027 con una alícuota fija de 0,5%. En el proyecto definitivo, esa progresividad desaparece y las alícuotas son iguales entre 2024 y 2026.

En tanto que en 2023 no hubo modificaciones y queda lo originalmente establecido, las alícuotas van del 0,50% al 1,50%, la única modificación es la eliminación de la tasa de imposición más elevada, para patrimonios que, descontado lo no imponible, superen los $1.368.870.414,25.

Para el trienio 2024-2026 las alícuotas serán de 1,25% o 1,5% para los patrimonios que excedan el mínimo no imponible (un aumento respecto del proyecto original), y en 2027 baja drásticamente a 0,25%.

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