La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) incorporó nuevas plataformas virtuales al Clasificador de Actividades Económicas (CLAE).
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SUSCRIBITEEl organismo incorporó el streaming, la gestión de criptomonedas y la publicidad de contenido audiovisual.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) incorporó nuevas plataformas virtuales al Clasificador de Actividades Económicas (CLAE).
El objetivo es codificar, ordenar y agrupar de forma más homogénea y eficiente las nuevas formas de negocio y servicios.
Lo hizo a través de la Resolución General 5607/2024 publicada en el Boletín Oficial.
Se suman la transmisión de programas en vivo, la gestión de criptoactivos y la publicidad con contenido audiovisual, entre otros.
“La norma dictada por ARCA contempla la creciente integración de tecnologías en diversas áreas de la economía observada en los últimos años, junto con la mayor diversificación y evolución de los procesos operativos y comerciales desarrollados por los contribuyentes”, indicó en un comunicado el organismo.
Asimismo, explicó que “en virtud de que la transformación digital hizo cada vez más frecuente la utilización de plataformas de gestión electrónica, portales digitales y aplicaciones móviles, se realizó una ampliación de los códigos de actividad de los 951 vigentes a 966”.
De esta manera, se incorporarán al CLAE, entre otros servicios, los de mensajería puerta a puerta gestionados por plataformas electrónicas; de minería y custodia de criptoactivos; y los de producción de contenido audiovisual para redes sociales como el streaming.
A principios del mes, ARCA implementó el Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores (PADIC).
Allí deberán inscribirse en forma obligatoria emprendedores que cuentan con hasta tres empleados.
Este nuevo vínculo laboral se basa en una relación autónoma, sin que exista dependencia entre las partes ni con las personas contratantes de los servicios u obras, por un máximo de hasta tres colaboradores.
En ese sentido, el PADIC posibilitará contar con información específica de los emprendimientos productivos y sus integrantes.
Asimismo, permitirá establecer el mecanismo a través del cual los mismos prestarán la declaración jurada correspondiente respecto al carácter independiente de la relación.
La Resolución General 5599/2024 especifica que el colaborador independiente podrá realizar actividades de forma concurrente y tendrá la libertad de mantener simultáneamente contratos de colaboración, de trabajo o de provisión de servicios con otros contratantes.
La norma rige desde el 26 de septiembre de este año.