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ARCA 

Anunciaron cambios en el Impuesto de las Ganancias

La medida alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas.

Por Redacción Somos Pymes 20 de abril de 2026 - 11:12

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó la normativa para la determinación anual e ingreso del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país.

Lo hizo mediante la Resolución General 5836/2026 publicada en el Boletín Oficial.

Retoque al Impuesto de las Ganancias

La norma incorpora las previsiones necesarias para los sujetos que elijan el Régimen de Declaración Jurada Simplificada.

Este régimen opcional se basa en las condiciones dispuestas por la Ley N° 27.799 y apunta a consolidar el sistema de Inocencia Fiscal por el cual el Gobierno nacional pretende que circulen ahorros de los residentes en el país.

Para ingresar a este mecanismo tributario, los contribuyentes deben realizar el trámite a través del servicio "Ganancias Personas Humanas - Portal Integrado" en el sitio web del organismo.

Para acceder al sistema es necesario contar con Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 2 o superior.

Bajo este sistema, el organismo “pondrá a disposición la información obrante en sus sistemas, así como aquella suministrada por responsables y/o terceros”.

Los usuarios pueden revisar la información precargada antes de enviarla.

Los responsables “podrán efectuar los ajustes, modificaciones, incorporaciones y/o eliminaciones que consideren pertinentes” y luego deberán confirmar la presentación.

La normativa también aclara el procedimiento para corregir datos ya presentados.

El texto dispone que “la presentación de declaraciones juradas rectificativas deberá efectuarse a través del régimen general o del régimen simplificado, según corresponda”.

Los parámetros establecidos por la ex AFIP

Uno de los cambios centrales es que la presentación de la declaración jurada deberá realizarse exclusivamente a través del servicio web “Ganancias Personas Humanas-Portal Integrado”, disponible en el sitio oficial del organismo.

En ese marco, quienes estén en el régimen general deberán completar el formulario F. 711, mientras que los adheridos al esquema simplificado utilizarán el formulario F. 2711, con una modalidad en la que ARCA pone a disposición información precargada.

Esa información surge de los sistemas del organismo y de datos aportados por terceros, aunque los contribuyentes podrán “efectuar los ajustes, modificaciones, incorporaciones y/o eliminaciones que consideren pertinentes” antes de confirmar la presentación.

La resolución también aclara que para utilizar el régimen simplificado será necesario haber realizado la adhesión o la ratificación anual dentro de los plazos previstos, y que en caso de exclusión o desistimiento se deberá volver al régimen general.

Además, se estableció que las nuevas disposiciones serán aplicables también para quienes adhieran al régimen simplificado correspondiente al período fiscal 2025.

La medida se enmarca en la implementación del sistema opcional previsto en la Ley 27.799 y reglamentado por el Decreto 93/2026, con el objetivo de simplificar la carga y presentación del tributo.

Uno de los cambios centrales es la implementación operativa del régimen simplificado, que permitirá a los contribuyentes acceder a una declaración con información precargada por el organismo.

Ese sistema estará disponible en el servicio web “Ganancias Personas Humanas-Portal Integrado” y contemplará dos modalidades:

_Régimen general, con el formulario tradicional (F. 711)

_Régimen simplificado, con un nuevo formulario (F. 2711)

En este último caso, ARCA pondrá a disposición datos propios y de terceros, que el contribuyente podrá revisar, modificar o completar antes de confirmar la presentación.

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