La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo anuló el jueves la suspensión por parte de un juez de primera instancia de la reforma laboral aprobada en febrero pasado en el Congreso.
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SUSCRIBITELa decisión fue informada por la Procuración del Tesoro de la Nación.
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo anuló el jueves la suspensión por parte de un juez de primera instancia de la reforma laboral aprobada en febrero pasado en el Congreso.
Lo hizo en respuesta a un pedido de la administración de Javier Milei.
La decisión fue informada por la Procuración del Tesoro de la Nación, que impulsó junto al Ministerio de Capital Humano una apelación para que la norma recuperara plena vigencia.
"Queda restablecida la vigencia de todos los artículos que habían sido suspendidos en un acto de suma gravedad institucional", expresó la cartera en un comunicado.
Y puntualizó que la decisión se enmarca en un proceso judicial más amplio que aún no se ha resuelto y que incluyó, además, la presentación de un recurso extraordinario ante la Corte Suprema.
"Intentaron frenarla: no lo lograron. La Cámara Laboral revocó la medida cautelar que suspendía la Ley de Modernización Laboral", expresó el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, poco después de conocerse la decisión.
El pasado 30 de marzo, el Juzgado Nacional del Trabajo N° 63 hizo lugar a una medida cautelar impulsada por la Confederación General del Trabajo (CGT), y frenó la aplicación de 82 de los 218 artículos de la ley.
El Gobierno cuestionó desde entonces tanto la legitimidad de la CGT para impulsar la demanda como la competencia de la Justicia Laboral en el caso, argumentando que es una cuestión que debería tratarse en el fuero Contencioso Administrativo Federal.
"El Gobierno Nacional ha trabajado incansablemente, adoptando todas las medidas legales e institucionales necesarias, para garantizar la implementación de una reforma que atravesó el debido proceso de debate, sanción y promulgación, y que tiene por objetivo terminar con un sistema arcaico, de más de 50 años, que fracasó y dejó a millones de argentinos en la informalidad", manifestó la Procuración del Tesoro en su comunicado.
Entre los 82 artículos afectados por la resolución de primera instancia se encuentran aquellos que limitan el derecho a huelga, al establecer límites para la celebración de asambleas y los que habilitan sanciones contra conductas gremiales, e incluso, prevén la retirada de la personería jurídica a los sindicatos, entre muchos otros.
El juez había suspendido además aquellos artículos que afectan el derecho de negociación colectiva y que introducen cambios en los períodos de prueba, en la computación de los años de antigüedad y en las indemnizaciones.
La reforma laboral fue aprobada el 27 de febrero por el Congreso y promulgada apenas unos días después, en medio de sucesivas manifestaciones y una huelga general convocada por la CGT.

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