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INPI 

Eliminaron los "llamados de atención" para agilizar el registro de marcas

La norma aplica para inscripciones nuevas.

Por Redacción Somos Pymes 6 de mayo de 2026 - 11:23

El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) determinó que ya no se podrán presentar observaciones informales, conocidas como "llamados de atención", para las solicitudes de marcas nuevas.

Lo hizo mediante la Resolución 139/2026, publicada en el Boletín Oficial.

El proceso para registrar marcas

La decisión busca simplificar los trámites y eliminar pasos administrativos que el organismo considera incompatibles con el esquema actual de trabajo.

Mediante esta medida, cualquier cuestionamiento de terceros sobre un signo deberá realizarse únicamente mediante el sistema formal de oposiciones dentro de los plazos legales previstos.

Bajo el procedimiento vigente, el examen de registrabilidad de una marca se realiza antes de su publicación, lo que permite que el control de orden público sea previo a la intervención de terceros.

La normativa dispone: “Establécese que no se admitirá la presentación de ‘llamados de atención’ respecto de solicitudes de registro de marcas nuevas ingresadas a partir del 1° de marzo de 2026”.

Operatividad del sistema

El INPI argumentó que esta figura administrativa resulta “abiertamente incompatible con el nuevo procedimiento y los objetivos de celeridad, simplificación, desburocratización, eficiencia y previsibilidad” del sistema de propiedad industrial.

Otro cambio introducido afecta al mantenimiento de las oposiciones vigentes.

Si un oponente es notificado y no abona el arancel correspondiente para mantener su reclamo en la instancia administrativa, la oposición no se transformará automáticamente en un aviso informal de interés.

Según el texto oficial, “la falta de mantenimiento de la oposición sólo puede interpretarse como la desaparición del interés que dio origen a la observación”.

Estas modificaciones se aplican de forma exclusiva a las solicitudes de marcas nuevas que hayan ingresado al sistema a partir del 1° de marzo de 2026.

Para los trámites presentados hasta el 28 de febrero de 2026, se mantendrá el esquema anterior para evitar la alteración de derechos relacionados con solicitudes previas.

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