El Gobierno nacional convocó al Consejo del Salario para definir un nuevo Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) y determinar los montos mínimos y máximos de la prestación por desempleo.
El Gobierno convocó al Consejo del Salario
El encuentro entre las partes será el próximo viernes 28 de agosto.
Lo hizo a través de la Resolución 1/2026 publicada en el Boletín Oficial.
Los detalles del Consejo del Salario
El encuentro que se llevará a cabo el próximo viernes 28 de agosto de manera virtual.
La norma especificó que en la reunión participarán “ad-honorem” representantes de los empleadores y de los trabajadores.
“Convócase a los integrantes del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, a reunirse en sesión plenaria ordinaria el día 28 de agosto de 2026, a las 12:30 horas mediante plataforma virtual. Déjase establecida la convocatoria a segunda sesión para las 14:00 horas de ese mismo día”, indicó el Artículo 1°.
La Resolución puntualizó que “el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil estará integrado por 16 representantes de los empleadores y 16 de los trabajadores".
Éstos serán ad-honorem y designados por el Poder Ejecutivo.
Asimismo, contará con un Presidente designado por el entonces Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y durarán cuatro años en sus funciones.
Mediante el Artículo 2°, se fijó como Orden del Día la “designación de dos Consejeros presentes de cada sector para la suscripción del acta y la consideración de los temas elevados al plenario por la Comisión del Salario Mínimo, Vital y Móvil y prestaciones por desempleo.
“Convócase a los integrantes de la Comisión a reunirse en sesión el día 28 de agosto de 2026, a las 10:00, mediante plataforma virtual”, informó en el escrito.
En la cita se van a tratar la “determinación del Salario Mínimo, Vital y Móvil y sus modificatorias y la determinación de los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo”.
Mecanismo establecido
El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil fue creado mediante la Ley Nacional de Empleo N° 24.013 y tiene entre sus atribuciones la determinación del piso salarial.
Su funcionamiento se encuentra regulado por distintas normas que establecen su organización institucional y operativa.
El organismo cuenta con una representación equilibrada entre trabajadores y empleadores: está compuesto por 16 representantes de cada sector, cuyos cargos son ad honorem y tienen una duración de cuatro años. A ellos se suma la presidencia del cuerpo.
La Resolución 1/2026 también establece que, dentro del Consejo, será la Comisión del Salario Mínimo, Vital y Móvil y Prestaciones por Desempleo la encargada de abordar específicamente las nuevas definiciones salariales.
Entre sus atribuciones se encuentra determinar el Salario Mínimo, Vital y Móvil de acuerdo con lo previsto en el artículo 135 de la Ley N° 24.013.
Además del piso salarial, esa misma comisión deberá resolver los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo.
De esta manera, la convocatoria abre una nueva instancia de discusión entre los representantes de trabajadores y empleadores sobre dos de las variables laborales contempladas entre las atribuciones del Consejo.
El Salario Mínimo Vital y Móvil es el sueldo mínimo oficial que se establece para los trabajadores.
En agosto registró un incremento del 1,12% respecto al valor del mes anterior, llegando a los $376.600, según lo indicaron desde la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.