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Crearán una tasa de referencia sobre las indemnizaciones judiciales

Lo adelantaron representantes de empresas de seguros en respuesta a las distintas formas de actualizar los montos.

Somos Pymes | Redacción Somos Pymes
Por Redacción Somos Pymes 27 de agosto de 2024 - 17:56

El Banco Central de la República Argentina y el Ministerio de Economía trabajan en una nueva tasa de referencia, aplicable exclusivamente para la actividad judicial.

De esta manera, se pondrá fin a los diferentes criterios de actualización de las indemnizaciones que establecen los tribunales.

Nueva tasa de referencia

La información fue confirmada por Roberto Vázquez Ferreyra, socio del estudio jurídico homónimo, en uno de los paneles del Coloquio 2024 del Centro de Investigaciones para el Desarrollo del Seguro (CIDES), evento celebrado en el Alvear Palace Hotel de la Ciudad de Buenos Aires.

El especialista aludió a que la Corte Suprema consideró que no se pueden actualizar indemnizaciones por CER, por no tratarse de una tasa de interés, sin embargo, poco después la Sala 8 de la Cámara de Trabajo dispuso todo lo contario.

“La buena noticia" de la reunión que mantuvimos ayer con el ministro de Economía Luis Caputo es que "están trabajando para crear una tasa de referencia para la actividad judicial, sólo aplicable para los juicios, con lo cual se terminarían todos estos problemas”, indicó.

“Creo que vamos por buen camino: si se termina la inflación, se terminan los problemas, y por otro lado, habrá una tasa de referencia para que apliquen todos”, subrayó Vázquez Ferreyra.

El abogado participó del debate sobre “Criterios de actualización” junto al juez de la Cámara Civil de Córdoba, Federico Ossola; y el socio de PwC Argentina, Hernán Pérez Raffo.

El devenir de las indemnizaciones judiciales

Todos coincidieron en los inconvenientes de establecer indemnizaciones “justas y razonables” en un contexto de alta inflación y demoras en la ejecución de las sentencias.

Ossola advirtió que “la inflación es un cáncer que corroe todo”, y que en la Justicia “no hay ‘tarifación’ y todo queda supeditado a lo que invoque el damnificado y a lo que resuelva el juez”.

Puso como ejemplo que a un hombre, que le chocaron el auto, cuando el seguro le pagó, esa indemnización “no alcanzaba para comprar un auto, porque la inflación aumentó 100%, pero los autos se incrementaron tres veces, por eso no la justicia utilizó el criterio de la valuación del auto”.

También se refirió a la parte que aún está vigente de la ley de Convertibilidad, específicamente el artículo que “prohíbe indexar, algo que no resiste más con una inflación del 200% anual”.

Y destacó varios fallos de la Corte Suprema de Justicia, los cuales indicaron que los fallos “no pueden ir desacompasados de la realidad económica”.

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