El Ejecutivo nacional puso un plazo máximo de seis días, desde el miércoles, para que las compañías más reconocidas del país que no declararon las ventas concretadas durante 2013, lo hagan, bajo apercibimiento de ser sancionadas.
El Gobierno presiona para obtener más información de parte de grandes empresas
La Secretaría de Comercio y AFIP aclararon que las firmas que no cumplan con esta medida podrán ser sancionadas según lo establecido por las leyes 11.683 y 22.802, abriendo la puerta a decomisos de mercaderías hasta multas que van de los 100 hasta los 500 mil pesos, con posibilidad de extenderlas a 1 millón de pesos en caso de reincidencia.
El Gobierno aclaró que se se considerará que cumplieron con lo requerido aquellas empresas "que hayan presentado las declaraciones juradas del Impuesto al Valor Agregado correspondientes a 2013, siempre que de aquéllas surjan los datos respectivos".
La información que se debe presentar es el CUIT, la denominación de cada producto vendido, el código EAN o equivalente sectorial para el producto y el precio por unidad de peso, cantidad o medida de cada ítem.
Según el texto oficial, "resulta un objetivo estratégico contar con información acerca de las existencias, de la capacidad de comercialización y de la magnitud de los montos vendidos de determinados productos".
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