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Se pone en marcha el etiquetado frontal de alimentos

23 de marzo de 2022 - 13:27

El Gobierno nacional reglamentó el frontal de alimentos y dio a conocer cómo serán los sellos negros de advertencia que tendrán los envases de los productos.

Cinco meses después de su aprobación en el Congreso, el Poder Ejecutivo dio los pasos administrativos para que la norma entre en vigencia a través del Decreto 151/2022, publicado en el Boletín Oficial.

Los cambios que tendrán los productos

Todo productor de alimentos o bebidas deberá utilizar los octógonos negros para advertir sobre los eventuales excesos que contengan los productos: azúcar, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías.

El etiquetado tendrá un tamaño que no podrá ser inferior al 5% de la superficie de la cara frontal del envase.

La norma, aprobada en octubre pasado, apunta a "garantizar el derecho a la salud y a una alimentación saludable, brindando información nutricional simple y comprensible, para promover la toma de decisiones asertivas y activas y resguardar los derechos de las consumidoras y los consumidores".

La puesta a punto de la regulación

En lo que respecta a los plazos de cumplimiento, la ley contempla un cronograma de dos etapas para la plena vigencia del etiquetado frontal.

La primera será dentro de los nueve meses desde la fecha de entrada en vigencia de la ley y 15 meses para las Pequeñas y Medianas Empresas.

La segunda fija un plazo no mayor a los 18 meses desde su entrada en vigencia y de 24 para las PYMES.

En caso de incumplir con la norma, las empresas podrán recibir sanciones de entre 1 y 10.000.000 de Unidades Móviles (cada una equivale a 40,61 pesos): es decir que el valor máximo de la multa asciende a los 400 millones de pesos.

Más detalles en: https://bit.ly/3qqYXMr

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