Las compañías que tengan deudas previsionales estarán habilitadas a tomar créditos en el sistema financiero para cancelarlas total o parcialmente la mora.
Para continuar, suscribite a Somos Pymes. Si ya sos un usuario suscripto, iniciá sesión.
SUSCRIBITELas compañías que tengan deudas previsionales estarán habilitadas a tomar créditos en el sistema financiero para cancelarlas total o parcialmente la mora.
Así lo explicó la normativa conjunta difundida por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
"Si al momento de solicitar un préstamo bancario las empresas tienen deudas previsionales están habilitadas a tomar créditos", informó AFIP a través de un comunicado.
La normativa del BCRA y la AFIP dispone que las "entidades financieras no deben restringir el acceso al financiamiento ante la existencia de obligaciones previsionales impagas siempre y cuando el tomador del crédito requiera la afectación total o parcial de la financiación a la cancelación total de dichas deudas".
A través de la Comunicación "C" 90926, la autoridad monetaria reiteró a las entidades financieras los procedimientos para la gestión crediticia para el caso de deuda y el cumplimiento de las obligaciones previsionales.
La nota remitida a las entidades financieras remarca la vigencia de la la Resolución General N°4128 de la AFIP que establece la obligación de ingresar con clave fiscal al servicio "Consulta para Entidades Financieras de Deudores Previsionales", para verificar la inexistencia de deuda líquida y exigible por aportes y contribuciones con destino a la seguridad social.
Las verificaciones deberán realizarse con relación a los solicitantes de préstamos que revistan el carácter de empleadores del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
Más detalles en: https://bit.ly/3zP7Lhf