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RenovAr

RenovAr: máximo de US$ 500 para la tasa de estadística en importaciones

8 de agosto de 2019 - 12:43

El Gobierno nacional estableció un monto máximo de 500 dólares a abonar en concepto de tasa de estadística, cuando se trate de bienes de capital que se importen sólo para ser utilizados en proyectos de generación eléctrica de fuente renovable dentro del Programa RenovAr.

Así lo establece el decreto 548 publicado en el Boletín Oficial, que en sus considerandos recuerda que se estableció hasta el 31 de diciembre de 2019 en 2,5% la alícuota de la tasa de estadística.

No obstante, a fin de contribuir al desarrollo y concreción de los proyectos de generación eléctrica de fuente renovable, se estimó adecuado establecer un monto máximo de US$ 500 a abonar en concepto de tasa de estadística, cuando se trate de bienes de capital que se importen exclusivamente para ser utilizados en la construcción de los proyectos referidos.

En el marco del Programa RenovAr se desarrollaron las Rondas 1, 1.5 y 2, en las cuales se han celebrado 143 Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable, por un total de 4.443 megavatios (MW).

Más detalles en: https://bit.ly/31mjQJK

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