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Ministerio de Hacienda

Cambios para entidades financieras que buscan estar en el mercado de deuda pública

16 de julio de 2019 - 13:09

El Ministerio de Hacienda modificó la fórmula del Índice General de Desempeño (IDG), que evalúa a las instituciones financieras participantes del mercado de deuda pública.

Lo hizo a través de la resolución conjunta 48/2019 de las secretarías de Finanzas y de Hacienda, publicada en el Boletín Oficial.

Se estableció que el IDG será computado teniendo en cuenta el desempeño de cada participante del Programa de Creadores de Mercado (PCM) en las licitaciones, ponderadas por monto y plazo.

Se calcularán dos Indices de Desempeño en el Mercado Primario (IDMP): uno para los instrumentos de deuda pública (IDP) en pesos y otro para los títulos en dólares estadounidenses.

En primer término se considerará la performance de cada entidad participante en el total adjudicado en primera y segunda vuelta, y se le asignará una ponderación del 75%.

En segundo lugar, se considerará el desempeño de cada entidad participante en el total de las mejores ofertas no adjudicadas en la primera vuelta, y se le asignará una ponderación del 25%.

En octubre de 2007 se estableció a través de un decreto que se podrá requerir la asistencia de aquellas instituciones financieras con mayor relevancia en el mercado de deuda pública, para que participen en forma significativa en la colocación primaria y en la negociación secundaria de los IDP, con el objetivo de promover la eficiencia, liquidez y profundidad del mercado secundario.

Para tal fin, quedó facultado el órgano coordinador de los sistemas de administración financiera a establecer las categorías, los requisitos, los derechos y las obligaciones de esas instituciones.

En enero último se aprobó el Programa de Creadores de Mercado, cuyo objetivo principal consiste en permitir a las instituciones seleccionadas a participar significativamente en la negociación secundaria, y en la colocación primaria de los IDP.

El objetivo del PCM es fomentar el desarrollo del mercado secundario de IDP, y para ello se crearon índices que permiten la evaluación del desempeño de las entidades participantes del programa para las operaciones que se realicen con plazos de liquidación de 24 y 48 horas.

Durante el primer período de evaluación, el mercado operó mayoritariamente en plazos de liquidación de 48 horas, tanto en pantallas prioridad precio tiempo como de negociación bilateral.

En consecuencia, a los fines de otorgarle mayor preponderancia al mercado secundario de IDP en el Índice General de Desempeño, resulta necesario modificar la fórmula de éste, explicó la resolución.

Más detalles en: https://bit.ly/2NTiggz

Fuente: Telam

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