martes 14 de abril de 2026
  • Temas del Día

Alcanzaste el límite de 40 notas leídas

Para continuar, suscribite a Somos Pymes. Si ya sos un usuario suscripto, iniciá sesión.

SUSCRIBITE
Cambios

Oficializaron los cambios que regirán en Bienes Personales desde 2019

21 de diciembre de 2018 - 12:42

El Gobierno nacional avanzó con las modificaciones que aprobó el Congreso sobre el mencionado impuesto, que comenzarán a regir desde el año que viene.

Lo hizo a través de la promulgación de la Ley 27.480, que fue sancionada por el Parlamento el 5 de diciembre último y publicada este viernes en el Boletín Oficial.

Esa nueva ley introdujo cambios a otra, la 23.966, y forma parte del paquete económico que acompañó al Presupuesto 2019.

Entre otros puntos, la norma aumenta el mínimo no imponible de Bienes Personales, de 1.050.000 millón de pesos actual a 2 millones de pesos.

Además, incrementa las alícuotas: hasta este año, se aplica una fija del 0,25% para todos los contribuyentes; desde 2019, habrá una escala progresiva, por lo cual quienes tengan más bienes, tributarán más.

Así, la alícuota que en este año fue del 0,25% (a pagar sobre el excedente), se mantendrá en ese nivel si el valor total de los bienes declarados fuera de entre 2 y 5 millones de pesos, pero subirá al 0,5% entre 5 y 20 millones y al 0,75 cuando la suma declarada fuera superior a los 20 millones.

Si se trata de un inmueble adicional utilizado como renta a través de su alquiler en el mercado, pagará por el total de su valuación, independientemente de cuál sea el monto.

Cambian las cosas en Bienes Personales y contribuyentes pagarán menos

Opciones de inversión para no pagar Bienes Personales

También, quedaron eximidos de abonar este impuesto los inmuebles cuyo valor impositivo no supere los 18 millones de pesos y donde sus propietarios residan de forma permanente.

Los propietarios de inmuebles rurales mantendrán la exención del tributo, por lo cual no pagarán por sus campos, independientemente de que se encuentren explotados o no.

Según la ley, para el cierre del 2018 regirá, por último año, el beneficio que tuvieron los contribuyentes que se presentaron como cumplidores en el último blanqueo, que quedaban eximidos de tener que pagar durante tres años.

Más detalles en: https://goo.gl/9wu6sP

Seguí leyendo

Dejá tu comentario

Te Puede Interesar