ver más
Compra

Habilitan la compra-venta de dólares en supermercados

25 de enero de 2018 - 20:41

El Banco Central de la República Argentina autorizó a comercios y personas a actuar como agentes de cambio, para lo cuál deberán anotarse en el registro correspondiente.

Esta medida habilitará que -a partir de marzo- empresas, comercios de cualquier sector y personas físicas puedan participar en el mercado cambiario, con el único requisito de inscribirse en el “Registro de operadores de cambio”.

"El nuevo marco normativo para la actividad cambiaria tiene el objeto de brindar mayor competencia y transparencia al mercado mediante la incorporación de nuevos y diversos oferentes", indicó la autoridad monetaria en un comunicado.

Para participar como agentes de cambio, las personas físicas deben haber constituido previamente una Sociedad Anónima Unipersonal (SAU) o una Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS).

De esta manera, un supermercado, una cadena de electrodomésticos, un hotel o cualquier otro comercio podrá adicionar la operación con monedas extranjeras a su actividad principal, del mismo modo que podrá hacerlo un individuo.

"Se facilita así el acceso al cambio, en particular para los turistas extranjeros", detalló el BCRA.

También podrán inscribirse casas de cambio, que se distinguen de las anteriores por tener a la operación cambiaria como objeto exclusivo de actividad y por requerir un capital mínimo de 5 millones de pesos.

Las casas de cambio, a su vez, incorporan la posibilidad de realizar operaciones de comercio exterior y transferencias internacionales, lo que les permitirá competir con entidades bancarias que ofrecen esos servicios a las empresas.

La disposición entrará en vigencia a partir del 1° de marzo.

Temas
Seguí leyendo

Dejá tu comentario

Te Puede Interesar