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La Rural

Nuevas trabas judiciales impiden la confiscación del Predio de La Rural

24 de enero de 2013 - 14:54

La Cámara en lo Civil y Comercial Federal rechazó todos los planteos del Gobierno nacional contra la medida cautelar que dictó el Tribunal, medida que sirvió para frenar el decreto mediante el cual había dispuesto que el predio ferial que posee la Sociedad Rural en Palermo pase a manos del Estado Nacional.

Los jueces de la Sala de Feria -Graciela Medina, Francisco De las Carreras y Ricardo Guarinoni- no hicieron lugar a los planteos interpuestos por el Ejecutivo nacional, que además de pedir la incompetencia de la Cámara en el tema también había recusado al pleno del Tribunal.

Semanas atrás, la misma Cámara había resuelto que el predio en disputa no pasara a manos del Estado.

El Gobierno, tras ese fallo en contra, había presentado dos planteos: uno recusando a toda la Cámara en lo Civil y Comercial Federal, mismo fuero donde tramita el expediente por la Ley de Medios, al opinar que ésta había incurrido en irregularidades en los métodos de designación de jueces subrogantes.

El otro de los recursos del Gobierno fue pedir la incompetencia del fuero Civil y Comercial Federal sobre el tema, y pedir que lo siga haciendo la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.

En ese sentido, el Gobierno justificó que la naturaleza de la discusión no estaba en una diferencia por el precio que la Sociedad Rural se comprometió a pagar allá en la década del ´90, cuando el Estado lo vendió, sino que estaba en disputa la validez o no de un decreto presidencial, y que esto último es competencia del fuero Contencioso.

Los jueces resolvieron que no era justificativo del Gobierno que la Sociedad Rural pagara un "precio vil", sumado a irregularidades en el proceso de venta, y respecto a esto último recordó que en una causa penal en manos del juez federal Sergio Torres hay ex funcionarios del menemismo procesados.

En el fallo, los magistrados aseguraron que la propietaria del lugar era la Sociedad Rural, y advirtieron que "el Estado Nacional carecería, en principio, de legitimación para intentar recuperar un bien que vendió hace más de veinte años, por un acto unilateral".

"Aún cuando el precio hubiera sido vil, como el Poder Ejecutivo lo sostiene, el Estado debería recurrir a la vía judicial para dejar sin efecto el acto que considera lesivo, ya que no podría rescindir del contrato por sí y ante sí", según la Cámara.
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