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UIF

La UIF busca una mayor efectividad en la detección de lavado de activos

22 de junio de 2017 - 12:05

La Unidad de Información Financiera decidió modernizar el proceso de gestión de riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo, para alcanzar estándares internacionales en la materia.

Por medio de una resolución publicada en el Boletín Oficial, se reemplazó a una resolución de 2011 -que regía para el sistema financiero- y tiene como fin "modernizar el proceso de gestión de riesgos de lavado de activos y financiación de terrorismo, acorde a lo que dictaminan los estándares y mejores prácticas internacionales, atendiendo necesidades y riesgos locales", indicó la UIF en un comunicado.

El organismo explicó que, en sintonía "con las regulaciones más modernas del mundo, se pasa de un enfoque formalista a un Enfoque Basado en Riesgos (EBR), lo que le permitirá a las entidades financieras, una vez identificados y evaluados sus riesgos, maximizar sus esfuerzos y eficientizar sus procesos y recursos, focalizándose en aquellas situaciones donde exista una mayor exposición al riesgo".

"Con el objetivo de prevenir la corrupción y el mal uso de los fondos públicos, entre las modificaciones más relevantes se destaca la obligación por parte del sector de realizar el monitoreo de la operatoria que realizan los organismos públicos, aplicando un enfoque basado en riesgos, y con especial atención en el destino de los fondos", puntualizó la UIF.

Y destacó que la reforma se desarrolló en consulta con el Banco Central y la asistencia técnica del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

En este marco, el presidente de la UIF, Mariano Federici, comentó: "con esta reforma Argentina se pone en sintonía con el estándar internacional, mejorando la eficiencia en el método a fin de alcanzar mayores resultados en la prevención de los mencionados delitos contra el orden económico financiero".

Entre los principales cambios que introduce la norma para el sector, se destacan:

_Las Entidades deben realizar una autoevaluación anual de riesgos, que les permita evaluar y determinar el nivel de riesgo de sus clientes, productos y servicios, canales de distribución y zonas geográficas

_Se autoriza a las entidades a tercerizar las tareas de identificación y verificación de la identidad de sus clientes.

_Se incluyen procedimientos específicos de identificación para clientes no presenciales. En tal sentido, se incluye la posibilidad de verificar identidad a través del DNI digital que pudiera ser provisto por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER).

Más detalles en: https://goo.gl/U6qcjB

Fuente: NA

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