El Gobierno nacional decidió simplificar los procedimientos para facilitar el envío de carne vacuna a faena, para su posterior venta a mercados de la Unión Europea.
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Aceleran los tiempos en los trámites para exportar carne a la UE
En ese sentido, el Ministerio de Agroindustria y el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) implementaron el nuevo procedimiento a través de la Resolución 53/2017, publicada en el Boletín Oficial.
"La nueva modalidad, fruto de un trabajo entre el organismo junto a las entidades ganaderas, se basó en estudios que llevó a cabo el Senasa sobre el proceso de exportación", detalló la Casa Rosada.
La resolución contempla, entre otros puntos, una "mayor disponibilidad de establecimientos aptos para remitir bovinos, bubalinos y ciervos a establecimientos proveedores de bovinos para faena a la UE".
A través de la nueva operatoria se eliminará la obligación de elaborar y declarar la Tarjeta de Registro Individual de Tropa (TRI) de animales desde los campos que abastecen a los Establecimientos Proveedores de Faena.
"El productor del campo proveedor de faena para la UE debe realizar la lectura de los animales al arribo del predio de destino, momento en el cual los animales se incorporan al circuito, se simplifica el trámite y la operatividad y se minimiza el error humano", precisó el Ministerio de Agroindustria en un comunicado.
Con la resolución, los establecimientos que se encuentran inscriptos en el actual registro de proveedores de faena a la UE no deben volver a registrarse, mientras los nuevos productores que deseen anotarse en el registro deben declarar la totalidad de las caravanas aplicadas sobre los animales del predio y esperar al menos 40 días para enviarlos a faena.
"Se registra por establecimiento agropecuario, por lo cual todos los productores que realicen actividad ganadera en el predio deben efectuar la inscripción por cada especie animal bovina, bubalina y ciervos existentes", graficó la cartera que conduce Ricardo Buryaile.
La nueva norma mantiene la condición de que únicamente pueden enviar animales al bloque europeo los establecimientos que se encuentren inscriptos en el Registro Nacional para faena de exportación UE.
Más detalles en: https://goo.gl/BFhfaK
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