El Ministerio de Agroindustria y el Senasa simplificaron el proceso aplicado a los envíos de hacienda vacuna a faena con destino a la Unión Europea (UE).
Eliminan el trámite para predespacho de exportación de faena a la UE
Con el nuevo sistema, el productor tiene que realizar el despacho de los animales conforme a las exigencias del mercado europeo, previa tramitación de la documentación correspondiente a los animales, según la Resolución 549/2016 (https://goo.gl/pkzPYR).
A partir de esta normativa, ya no se requiere la intervención de un veterinario previo despacho de la hacienda.
Al respecto, el ministro de Agroindustria, Ricardo Buryaile, subrayó que, "desde un primer momento nos comprometimos a hacer tramites más simples y a agilizar los procedimientos para todos los productores".
Ahora el registro permite obtener en tiempo real los movimientos y las existencias ganaderas, gracias a que las condiciones epidemiológicas respecto de la Fiebre Aftosa cambiarion y al hecho de que existen herramientas tecnológicas de apoyo a la gestión sanitaria oficial.
La iniciativa también implica la eliminación de los costos adicionales que el sistema anterior generaba.
La Resolución del Senasa establece que, desde ahora, la revisación clínica se deberá realizar únicamente en el establecimiento faenador, tal como se indica en la normativa de la UE (Reglamento (UE) 810/2010).
Esto hace que se achiquen las tareas de manejo y del tiempo entre la obtención de la documentación de amparo y la salida de los animales del establecimiento, dado que facilita las tareas de embarque y acorta los tiempos de encierre de los animales.
La Resolución determina que el productor, responsable del ganado, deberá completar la Tarjeta de Registro Individual de Tropa (TRI) con las caravanas de identificación aplicadas a esos animales.
También tendrá que presentar la correspondiente Declaración Jurada y gestionar el Documento de Tránsito Electrónico (DT-e), en el que debe registrar obligatoriamente la numeración de los precintos con los que se sellará el transporte tras completar su carga en el establecimiento proveedor.
La copia de la documentación deberá permanecer archivada por el término de tres años.
En tanto la documentación para el despacho de tropas con destino a faena para exportación a la UE puede ser gestionada en la Oficina del Senasa de la jurisdicción del campo proveedor o mediante el sistema de autogestión.
Los precintos pueden ser solicitados en la oficina del Senasa o ser validados cuando se registran en el Documento de Tránsito Electrónico (DT-e), con el único requisito de estar numerados.