La Cámara de Diputados aprobó la iniciativa impulsada por el Gobierno nacional pensada para beneficiar a jubilados y beneficiarios de asignaciones familiares al momento de realizar compras en comercios minoristas y mayoristas.
Media sanción para el proyecto de devolución del IVA a sectores desprotegidos
El proyecto enviado por el presidente Mauricio Macri fue aprobado por 232 votos afirmativos, 0 negativos y 7 abstenciones de los tres diputados de Libres del Sur, Graciela Cousinet, Victoria Donda y Federico Masso, y los cuatro diputados de izquierda, Myriam Bregman (PTS), Pablo López, Soledad Sosa y Néstor Pitrola (PO).
Ahora la discusión se traslada al Senado, donde existe una mayoría de legisladores de la oposición, aunque esto no sería una traba para que la ley salga adelante.
Los beneficiados con este proyecto de ley de devolución del IVA por compras minoristas serán los jubilados y los pensionados por fallecimiento que cobren el haber mínimo; los que cobran pensiones no contributivas nacionales -siempre que no excedan del haber mínimo garantizado- y quienes perciben la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo.
"El Poder Ejecutivo nacional podrá incorporar al régimen en carácter de beneficiarios a otros sujetos no comprendidos en el párrafo precedente", dice el artículo 3° del proyecto.
El tope del reintegro de IVA por los consumos de la canasta básica de alimentos será de 300 pesos mensuales por beneficiario.
La iniciativa se aplicará a compras en comercios minoristas y también mayoristas, extensión que se acordó durante el tratamiento del articulado, tras la aprobación general.
La devolución se realizará por compras efectuadas con tarjetas de débito, pese a que no todos los destinatarios de esta devolución impositiva utilizan tarjeta de débito (se calcula que 205 mil cobran a través del Correo Argentino) y además hay numerosos comercios que no tienen posnet, por lo cual se tendrán que poner al día en ese sentido.
El proyecto establece que los comercios "deberán aceptar todas las tarjetas o medios de pago", excepto "en localidades cuya población resulte menor a cinco mil habitantes" o cuando "el importe de la operación sea inferior a diez pesos".
Este régimen de devolución del IVA regirá "hasta el 31 de diciembre de 2017, inclusive", con la posibilidad de prórroga por parte del Poder Ejecutivo.