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Regularización bancaria

Quitan las restricciones para transferencias desde cuentas especiales

Los fondos “blanqueados” podrán utilizarse para la realización de inversiones.

Somos Pymes | Redacción Somos Pymes
Por Redacción Somos Pymes 23 de agosto de 2024 - 19:26

La Comisión Nacional de Valores (CNV) y el Banco Central de la República Argentina (BCRA) informaron que, bajo el régimen de regularización de activos es posible realizar transferencias desde las cuentas bancarias especiales de los clientes.

Se trata de los alcances del blanqueo impulsado por el Gobierno nacional en 2024.

Transferencias desde cuentas especiales

Estas se podrán realizar desde la fecha de acreditación de los fondos regularizados, sin restricción de monto, hacia las cuentas bancarias especiales de regularización de los Agentes de Liquidación y Compensación (AlyC), informaron a través de un comunicado conjunto la CNV y el BCRA.

Los fondos regularizados podrán ser invertidos en la suscripción y/o adquisición, según corresponda, de títulos públicos (incluidos los BOPREAL), acciones, obligaciones negociables, cuotapartes de FCI abiertos o cerrados, valores fiduciarios, pagarés bursátiles y cheques de pago diferido.

Así quedó establecido por la Ley 27.743 y su reglamentación.

Para mayor información se puede consultar las normativas vigentes de la CNV y el BCRA.

“El Régimen de Regularización de Activos del Gobierno de Javier Milei es el más beneficioso de la historia", resaltó la titular de AFIP, Florencia Misrahi.

"Los contribuyentes tienen que aprovechar esta oportunidad, porque podrán declarar sus ahorros sin costo y, una vez que concluya, no podrán ingresar a ninguna otra iniciativa de este tipo hasta el 2038”, expresó la funcionaria sobre el blanqueo.

Invertir dentro del blanqueo

El Ministerio de Economía incorporó nuevos instrumentos como alternativas para invertir los fondos que ingresen al país mediante el blanqueo de capitales.

La normativa dispuso agregar entre los instrumentos financieros disponibles para invertir los fondos del actual Régimen de Regularización de Activos, sancionado en el Paquete Fiscal, a las operaciones de adquisición de cuotapartes de fondos comunes de inversión, de acciones colocadas por oferta pública y de obligaciones negociables; a pagarés bursátiles y cheques avalados; y a títulos que sean aportados a fondos de riesgo de sociedades de garantía recíproca.

La medida permite que las cuotapartes de fondos comunes de inversión, las acciones colocadas por oferta pública y las obligaciones negociables puedan suscribirse o adquirirse.

Hasta ahora, solo estaba habilitada la posibilidad de destinar los fondos a la suscripción de los mencionados instrumentos.

Al igual que estaba estipulado previamente, las operaciones de dichos instrumentos se pueden llevar a cabo siempre que hubiesen sido colocados por oferta pública con autorización de la Comisión Nacional de Valores.

El blanqueo permite a los residentes y no residentes regularizar activos sin límite de monto ni costo alguno pero establece que deberán permanecer en el sistema financiero hasta el 31 de diciembre de 2025 o solo habilita invertir en destinos autorizados.

Tampoco estarán sujetos al pago de impuestos quienes regularicen cualquier clase de bienes o tenencias por un valor de hasta 100.000 dólares

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