La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó una reforma integral del régimen de Certificados de Depósito Argentinos (CEDEAR) y creó una nueva estructura regulatoria para los Certificados de Valores Argentinos (CEVA).
La CNV habilitó los "ETF argentinos" y reformó el régimen de CEDEAR
Se creó un marco regulatorio para instrumentos similares a los ETF internacionales mediante los CEVA.
De esta manera, habilitó el desarrollo de productos de inversión pasiva similares a los ETF que operan en los principales mercados internacionales.
Los parámetros de la CNV
La medida fue formalizada mediante la Resolución General 1142/2026, publicada en el Boletín Oficial.
Se busca a ampliar la oferta de instrumentos financieros disponibles en el mercado local, incrementar la liquidez y fortalecer la integración del sistema argentino con los mercados globales.
Uno de los cambios centrales consiste en la incorporación de los denominados "CEVA ETP", vehículos que permitirán replicar de manera pasiva índices bursátiles o canastas de activos mediante mecanismos comparables a los utilizados por los Exchange Traded Products (ETP) y Exchange Traded Funds (ETF) en el exterior.
La normativa dispone que estos instrumentos deberán mantener una gestión exclusivamente pasiva y podrán estructurarse bajo modalidades abiertas, cerradas o híbridas, contemplando mecanismos de creación y cancelación de certificados para acompañar la evolución de los activos subyacentes.
A su vez, la CNV incorporó la figura de los "Participantes Autorizados", agentes habilitados para crear y rescatar unidades de CEVA.
La meta es facilitar el arbitraje entre el precio de mercado y el valor de los activos que integran la cartera, una característica considerada clave en el funcionamiento de los ETF internacionales.
Mecanismos de agilización
El organismo también reforzó los requisitos de transparencia para estos vehículos, obligando a publicar diariamente la composición de las carteras, la canasta de activos utilizada para la creación y cancelación de certificados y el valor liquidativo indicativo.
Además, los emisores deberán informar en tiempo real cualquier hecho relevante que pueda afectar a los instrumentos, a los custodios, depositarios, hacedores de mercado o emisores de los activos subyacentes.
En relación con los CEDEAR, la reforma precisa que estos certificados quedarán destinados a representar valores negociables emitidos y negociados en el exterior, mientras que los CEVA estarán reservados para activos emitidos bajo oferta pública por residentes argentinos.
La resolución también habilita expresamente la emisión de CEDEAR representativos de ETF que repliquen índices de acciones, materias primas o activos virtuales, siempre bajo esquemas de gestión pasiva.
Otro aspecto destacado es la eliminación de distinciones regulatorias entre CEDEAR patrocinados y no patrocinados, aunque se mantiene la posibilidad de que exista patrocinio siempre que dicha condición sea informada en las condiciones de emisión.
La CNV incorporó además advertencias específicas sobre los riesgos asociados a la custodia de activos subyacentes, incluyendo eventuales situaciones de insolvencia de custodios o dificultades para el reconocimiento de derechos de propiedad en procesos concursales internacionales.
El organismo justificó la reforma en la necesidad de adecuar la regulación a las nuevas condiciones del mercado, simplificar procedimientos, reducir costos regulatorios y acercar el marco normativo argentino a las recomendaciones internacionales impulsadas por la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO).