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ARCA modificó el régimen informativo de operaciones financieras

El organismo eliminó la actualización semestral de pisos para informar movimientos bancarios y bursátiles.

Somos Pymes | Redacción Somos Pymes
Por Redacción Somos Pymes 14 de enero de 2026 - 17:24

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó cambios en el régimen de información financiera, al eliminar la actualización semestral automática de los montos a partir de los cuales bancos y agentes de bolsa deben informar los movimientos de sus clientes.

Régimen informativo de operaciones financieras

El Gobierno explicó que la medida apunta a tener "estabilidad de las variables macroeconómicas".

Hasta ahora, la normativa obligaba a ajustar estos pisos en junio y diciembre de cada año basándose en el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Con esta nueva disposición, ARCA pone fin a la indexación automática, dejando los montos fijos hasta que una nueva resolución disponga lo contrario.

La medida pone el foco en el Título II de la norma contenedora del régimen, que regula la información suministrada por Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs), sociedades depositarias de Fondos Comunes de Inversión (FCI) y agentes de colocación.

A partir de ahora, estos sujetos deberán informar las operaciones de sus clientes cuando el monto neto mensual sea igual o superior a:

_$100.000.000 para personas humanas.

_$30.000.000 para personas jurídicas (empresas).

Parámetros de la ex AFIP

La resolución indicó que para alcanzar estos límites no se toma una operación aislada, sino la sumatoria total mensual de diferentes conceptos:

_Compra y venta de títulos: suma acumulada de compra/venta de bonos, acciones y suscripción/rescate de cuotapartes de FCI.

_Pases y cauciones: se consideran en conjunto tanto las posiciones tomadoras como las colocadoras.

_Movimientos de fondos: ingresos, egresos, amortizaciones, intereses y dividendos en las cuentas de los clientes.

ARCA especificó que si la sumatoria de todos estos conceptos supera el tope fijado ($100M o $30M según el caso), el agente debe informar la totalidad de las operaciones, incluso aquellas que individualmente sean de montos menores.

Dólar y transparencia en las comisiones

Para las operaciones liquidadas en moneda extranjera, la resolución establece que la conversión a pesos debe realizarse utilizando el tipo de cambio comprador del Banco Nación del día de la liquidación o del último día hábil del mes, según corresponda.

Asimismo, se define el concepto de “monto neto” al especificar que las entidades deberán informar el valor resultante tras restar comisiones, aranceles y gastos directos vinculados a la operación, lo que otorga mayor precisión a los datos que recibe el fisco sobre la capacidad contributiva real del usuario.

Los cambios introducidos por ARCA entran en vigencia de forma inmediata y serán aplicables para la información correspondiente al período mensual de diciembre de 2025 y meses subsiguientes.

Con esta medida, se busca simplificar la carga administrativa de las entidades financieras y agentes de bolsa, apostando a que el fin de la alta inflación haga innecesaria la corrección constante de los mínimos de control fiscal.

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