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ARCA

Amplían las opciones correspondientes a los reintegros por exportación

Se estableció un régimen optativo da alternativas para la cancelación de obligaciones futuras.

Somos Pymes | Redacción Somos Pymes
Por Redacción Somos Pymes 1 de octubre de 2025 - 11:14

Reintegros por exportación

La normativa está dirigida a operadores cuyas exportaciones anuales no superen los US$ 2 millones de dólares, lo que comprende al 85% del total de los exportadores del país.

ARCA puntualizó que el objetivo de la adecuación es ampliar el beneficio y agilizar la utilización de saldos a favor.

Con esta modificación, los exportadores que no posean deudas de recursos de la seguridad social, impositivas o aduaneras, líquidas y exigibles, podrán elegir entre tres modalidades para recibir la devolución.

Además de la tradicional transferencia a la Clave Bancaria Uniforme (CBU), podrán optar por un bono electrónico para la cancelación de obligaciones impositivas futuras, o por la registración de un crédito en la “Cuenta Única de Recaudación Aduanera a Afectar” del Sistema Informático MALVINA (SIM) para el pago de obligaciones aduaneras futuras.

Operatividad del comercio exterior

El beneficio estará disponible a partir del 8 de octubre de 2025.

Los exportadores que deseen utilizar los créditos bajo las nuevas modalidades deberán gestionarlo a través del servicio con clave fiscal “Solicitud Disposición de Créditos Aduaneros” del módulo “Cuenta Corriente Aduanera”.

La opción alcanza a los Exportadores del Grupo I, integrado por aquellos que hayan realizado operaciones anuales de exportación por un monto inferior a los 2 millones de dólares estadounidenses.

Estos representan el 85 por ciento del universo total de exportadores.

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