El Consejo Federal Pesquero resolvió limitar la captura incidental de la merluza negra (Dissostichus eleginoides) en los casos de marea.
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Restringen la pesca incidental de merluza negra
Lo hizo a través de la Resolución 9/2023 publicada en el Boletín Oficial.
Regulación de la pesca de merluza negra
La pesca de la merluza negra está regulada en cuanto a su captura máxima permisible –la cual se establece anualmente- en las áreas de protección para ejemplares juveniles, así como el procedimiento en los casos de marea.
Hasta ahora, el porcentaje máximo de captura incidental de esta especie en una marea de pesca no podía superar el 1,5% del total de las capturas realizadas por los buques.
No obstante, el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (Inidep) identificó mareas con una captura incidental mayor a 16 toneladas, según los considerandos de la medida.
Como resultado de este estudio y la discusión de la temática en el marco de la Comisión Asesora para el Seguimiento de la Especie Merluza Negra, el Consejo Federal dispuso restringir la captura incidental en marea a cinco toneladas.
De esta forma, la captura no podrá superar dicha limitación o el 1,5% del total de las capturas, lo que resulte menor.