El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) amplió el alcance de la vacunación estratégica voluntaria contra la brucelosis bovina, que hasta ahora estaba limitada a los establecimientos registrados como "caso" positivo de la enfermedad.
Lo hizo a través de la Resolución 936/2025, publicada en el Boletín Oficial y firmada por la presidenta del organismo María Beatriz Giraudo Gaviglio.
Vacunación voluntaria para la producción bovina
La norma posiblita que los establecimientos con cualquier estatus determinado ante el SENASA -ya sea "caso", "negativo" o "libre"- puedan adherir al programa de vacunación con cepas RB51 y DELTAPGM.
La ampliación obedece a una demanda de los productores agropecuarios que solicitaban poder aplicar estas vacunas de manera preventiva en predios linderos a los afectados por brucelosis.
La brucelosis bovina es una enfermedad zoonótica que provoca abortos y problemas reproductivos en el ganado, además de poder transmitirse a los humanos.
Genera una disminución de la capacidad laboral y afecta la calidad de vida.
La norma entrará en vigencia a los 60 días de su publicación y se enmarca en el Plan Nacional de Control y Erradicación de Brucelosis Bovina.
La política del SENASA
El organismo aclaró que se actualizó el Plan Nacional de Control y Erradicación de Brucelosis Bovina y se podrá aplicar la inoculación voluntaria en todo el territorio nacional, con excepción de la provincia de Tierra del Fuego.
“Esta modificación del alcance operativo amplía las condiciones para el uso complementario de estas vacunas, ya que en una primera etapa sólo se permitía su aplicación en establecimientos ganaderos del país con estatus de ‘caso’ de brucelosis bovina”, explicó SENASA a través de un comunicado.
Por otra parte, definió a la vacunación como estratégica para apoyar el saneamiento de los rodeos infectados y también utilizarse con fines preventivos.
“Reduce la posibilidad de introducción, de la enfermedad y fortalece la inmunidad poblacional, sin interferir con las pruebas diagnósticas tradicionales”, aclaró.
La resolución habilita una ampliación de 6.500 establecimientos “caso” a 70.000 con estatus.
Senasa explicó que esta medida surgió del análisis epidemiológico de la enfermedad y del consenso alcanzado en la Comisión Nacional de Sanidad y Bienestar de Bovinos y Bubalinos.
El sector ganadero y veterinario también pidieron utilizar la vacuna con fines preventivos, principalmente en predios linderos con rodeo afectado.
SENASA explicó que los establecimientos que deseen aplicar la vacunación estratégica deberán contar con algún estatus sanitario respecto a la enfermedad como libre, negativo o caso.
Para usar esta herramienta deberán contar con una serología negativa de la totalidad de las categorías susceptibles, que no supere los 6 meses de antigüedad.
“Los predios con condición “libre” o “negativo” no requerirán de este diagnóstico específico”, concluyó el organismo.