El Ministerio de Economía emitió una nueva Letra del Tesoro Nacional Intransferible en dólares para entregarle al Banco Central de la República Argentina (BCRA) que se aplicará al pago de un vencimiento.
El Tesoro le entrega nueva Letra Intransferible al BCRA por 8 millones de dólares
Se aplicará para cancelar el 60% del cupón que vence el 15 de septiembre
Lo hizo mediante la Resolución Conjunta 54/2026 de la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda, publicada en el Boletín Oficial.
La estrategia del Palacio de Hacienda
La Letra se emitió con vencimiento el 15 de septiembre de 2031 por un valor nominal original de US$ 8.759.050 y se la dará al Banco Central para el pago del 60% del sexto cupón de intereses de un instrumento similar que vence el 15 de septiembre de 2033.
El 40% restante del cupón se abona en efectivo conforme lo establece el artículo 55 de la Ley de Presupuesto 2026.
La letra con vencimiento en una semana fue emitida originalmente mediante la Resolución 1331 del 12 de septiembre de 2023 del Ministerio de Economía, en el marco de los Decretos 194/2023 y 378/2023.
La resolución establece que la nueva letra se emite el 15 de septiembre de 2026 con vencimiento el 15 de septiembre de 2031 -cinco años de plazo-, con colocación directa al BCRA a la par y amortización íntegra al vencimiento.
Los intereses se pagarán semestralmente a una tasa igual a la que devenguen las reservas internacionales del BCRA para el mismo período y hasta un máximo de la tasa SOFR TERM a un año más el margen de ajuste de 0,71513% menos un punto porcentual.
La Oficina Nacional de Crédito Público será el agente de cálculo de esa tasa en función de la información que le suministre el BCRA sobre el rendimiento de sus reservas en cada semestre.
Manejo de la deuda
La letra que recibe el Banco Central pagará intereses de manera semestral. La tasa de rendimiento estará ligada al desempeño de las reservas internacionales del propio BCRA durante cada período, lo que supone una indexación al rendimiento efectivo de los activos en los que se encuentran invertidas esas reservas.
No obstante, la normativa establece un tope a esa tasa: no podrá superar la referencia de la tasa SOFR TERM a un año más un margen de ajuste de 0,71513%, menos un punto porcentual.
De este modo, se fija un límite máximo para el costo financiero que asumirá el Tesoro por este nuevo compromiso en dólares.
La Oficina Nacional de Crédito Público actuará como agente de cálculo de la tasa de interés aplicable en cada semestre.
Para ello, utilizará la información que le suministre el Banco Central respecto del rendimiento de sus reservas, y aplicará el mecanismo de techo establecido sobre la base de la tasa internacional SOFR, actualmente referencia clave para operaciones en dólares en los mercados financieros.
La emisión de letras intransferibles al Banco Central se ha convertido en una herramienta recurrente de financiamiento del Tesoro argentino en los últimos años.
Al no poder negociarse en el mercado secundario, estos instrumentos quedan en el balance del BCRA y permiten al Estado Nacional diferir pagos de capital e intereses, reduciendo necesidades inmediatas de divisas.
La medida busca aliviar el perfil de vencimientos en dólares del Tesoro con el propio Banco Central, en un contexto de restricción de reservas y necesidad de ordenamiento fiscal.
Con esta operación, el Gobierno procura compatibilizar el cumplimiento de sus obligaciones con la preservación de las reservas internacionales, a la vez que mantiene al Banco Central como acreedor clave de la deuda en dólares de largo plazo del sector público nacional.