El Gobierno nacional anunció el inicio del proceso de privatización de la empresa Corredores Viales S.A, que administra unos 3400 kilómetros de rutas nacionales.
El Gobierno inició el proceso de privatización de Corredores Viales
La propuesta no prevé el otorgamiento de preferencias ni la aplicabilidad de un programa de propiedad participada.
Lo hizo a través de la Resolución 1284/2025 del Ministerio de Economía, publicada en el Boletín Oficial.
Privatización de Corredores Viales
La empresa, ahora en manos del Estado, administra los siguientes tramos:
_I RN 34 y RN 9 (Santa Fe–Santiago del Estero) 327,11km
_II RN 188 (Pergamino–Empalme RN7) 90,01km
_III RN 12 y RN 16 (Empalme RN123–Posadas) 464,85km
_IV RN 8, RN 36 y A005 (Pilar–Villa Mercedes) 665,96km
_V RN 19 y RN 34 (Santo Tomé–Río Primero) 280,20km
_VI RN 9, RN 193, RN 34, A008 y A012 214,52km
_VII RN 3, RN 226 y RN 205 (Ezeiza–Cañuelas) 245,26km
_VIII RN 7 (Luján–Límite Córdoba/San Luis) 590,74km
_IX Acceso Ricchieri & Ezeiza–Cañuelas 13,86km
_X RN 5 (Pascual Simone–Santa Rosa, La Pampa) 538,65km
Procedimiento operativo
El Decreto 97/2025 autorizó la privatización total de Corredores Viales SA.
La modalidad aprobada incluye la extinción por mutuo acuerdo de los contratos de concesión vigentes de los Tramos I a V, Tramo VI y Tramos VII a X, asignados a a esa firma.
La propuesta de privatización no prevé el otorgamiento de preferencias ni la aplicabilidad de un programa de propiedad participada.
Para la implementación de este proceso, se han instruido diversas acciones a entidades específicas:
A la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía se le ha encomendado:
_Realizar el inventario de los bienes que la empresa debe reintegrar al Ministerio de Economía.
_Elaborar el documento de extinción por mutuo acuerdo de los contratos de concesión, que procederá una vez perfeccionados los nuevos contratos.
_Proponer la conformación de los tramos de la red vial nacional, pudiendo excluir o incluir nuevos tramos según resulte oportuno para su concesión.
_Efectuar un relevamiento del estado actual de los tramos a concesionar y de las obras de infraestructura, con facultad para requerir la rescisión de contratos no prioritarios.
_La elaboración y tramitación de la documentación licitatoria, técnica y contractual respectiva, con intervención previa de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas”.
La Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas” deberá:
_Coordinar las medidas necesarias para la concesión de los tramos de la red vial nacional en un plazo de 12 meses contados desde la entrada en vigencia de la resolución.
_Posteriormente, proceder a la disolución y liquidación de Corredores Viales SA.
_Solicitar a un organismo del Sector Público Nacional la valuación de los flujos de fondos futuros vinculados a la explotación de la concesión de obra pública por peaje.
_Requerir a Corredores Viales SA y a la Agencia de Administración de Bienes del Estado la confección del inventario de bienes que constituyen el patrimonio de la empresa.
•_Solicitar la tasación de los bienes de Corredores Viales SA al Tribunal de Tasaciones de la Nación o a un organismo del Sector Público Nacional, de forma previa a su disolución y liquidación.
Todos los procedimientos objeto de esta medida serán llevados a cabo a través de la plataforma CONTRAT.AR, según lo dispuesto por el Decreto 416/2025.