La Administración Federal de Ingreso Públicos explicó el miércoles que cualquier cambio que se quiera realizar a la ley del Impuesto sobre los Bienes Personales es facultad exclusiva del Congreso de la Nación.
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AFIP aclaró que no puede modificar escalas del impuesto a los Bienes Personales
"Pretender que la AFIP modifique la estructura del impuesto mediante una Resolución General implica un desconocimiento técnico de la materia impositiva y de las facultades constitucionales que tiene el Congreso de la Nación", anotició el ente recaudador.
El organismo que conduce Ricardo Echegaray salió a despegarse de artículos periodísticos, los cuales criticaban que la AFIP no modifica el mínimo a partir del cual se paga Bienes Personales desde 2007 ni tampoco ajusta las escalas que aplica.
Tanto el mínimo a partir del cual se paga el impuesto como las escalas y alícuotas del gravamen están previstas en el texto actual de la ley del Impuesto sobre los Bienes Personales (artículos 21, inciso i.- y 25, respectivamente).
Cualquier modificación que se pretenda introducir requiere de la sanción de otra ley, aclaró el ente recaudador.