La Administración Federal de Ingresos Públicos habilitó el sistema de inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción.
AFIP habilitó la inscripción al ATP de agosto
Los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de agosto podrán registrarse online entre el 28 de agosto y el 3 de septiembre, inclusive.
Aquellas firmas que registraron una variación nominal negativa en su facturación entre los meses julio de 2020 y 2019 accederán al salario complementario.
Por su parte, los empleadores que presenten una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 40% podrán solicitar un Crédito a Tasa Subsidiada.
La tasa de interés para las financiaciones será en todos los casos del 15 por ciento.
“El trámite para acceder a un Crédito a Tasa Subsidiada se iniciará a través del sitio web de la AFIP y los préstamos se terminarán de gestionar ante la entidad bancaria seleccionada por cada empresa”, aclaró el organismo.
También destacó que “los Créditos a Tasa Subsidiada sólo pueden destinarse al pago de los salarios de trabajadoras y trabajadores de las empresas beneficiadas”.
“Por eso, el financiamiento se acreditará directamente en las cuentas bancarias de cada una de las trabajadoras y trabajadores”, detalló el ente recaudador.
AFIP puntualizó que “la normativa contempla la posibilidad de convertir los Créditos a Tasa Subsidiada en un subsidio, siempre y cuando las empresas beneficiadas cumplan determinadas metas de empleo”.
“Esas pautas serán establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo”, remarcó el organismo.