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Reglamentación

Reglamentaron la moratoria para PYMES

31 de enero de 2020 - 12:18

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) avanzó con la iniciativa que beneficiará a pequeñas y medianas empresas, monotributistas y autónomos establecida en la Ley de Solidaridad y Reactivación Económica.

Lo hizo a través de la resolución general 4667/2020 publicada en el Boletín Oficial.

La misma definió que los contribuyentes que tengan deudas acumuladas hasta fin del año pasado, podrán ingresar al plan entre el 17 de febrero y el 30 de abril.

Los interesados deberán inscribirse a través del sitio web de la AFIP, y el aplicativo estará disponible a partir del 17 de febrero próximo.

La moratoria para PYMES lanzada oficialmente ayer contempla quitas del 42% sobre el monto total de la deuda, y plazos de pago de hasta 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras, y de hasta 60 cuotas para aportes y retenciones.

Además, la moratoria permite refinanciar en plazos de hasta 10 años toda la deuda impositiva, aduanera y de la seguridad social que tenga un contribuyente, y pagar una única cuota mensual.

Más detalles en: https://bit.ly/36MFmcW

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