El Banco Central (BCRA) dispuso la prórroga a partir del 31 de diciembre pasado de la obligatoriedad de liquidar divisas provenientes del cobro de exportaciones de bienes y servicios.
Extendieron la obligatoriedad de liquidar divisas por cobro de exportaciones
La autoridad monetaria, a través de la Comunicación A-6856, publicada hoy en el Boletín Oficial establece que "que las normas que integran el texto ordenado sobre "Exterior y cambios", difundido a través de la Comunicación "A" 6844, y sus complementarias, en materia de obligación de ingreso al país en divisas y/o negociación en el mercado de cambios de cobros de exportaciones de bienes y servicios, se mantendrán en vigor a partir del 31 de diciembre del 2019, en forma concordante con lo dispuesto por el Decreto N° 91/2019.
En conclusión, la extensión se realiza a partir del 31 de diciembre de 2019, en concordancia con lo dispuesto por el Decreto N° 91/2019, que extiende el Decreto 609 de Mauricio Macri que obligaba a liquidar divisas a empresas exportadoras dentro de los cinco días hábiles posteriores al cobro de la operación o 180 días después del permiso de embarque, con la fecha límite del 31 de diciembre de 2019.
Economistas de la Bolsa de Comercio de Rosario dieron a conocer un profundo análisis sobre los derechos de exportación a la producción granaria y su impacto en la economía nacional.
También alertaron sobre la necesidad de “evitar el deterioro del tipo de cambio” y pidió que “se siga trabajando en los reintegros y se aceleren las reformas para brindar mayor competitividad”.
Ahora, el BCRA estableció que la prórroga incluye a “las normas que integran el texto ordenado sobre Exterior y cambios”, que se difundió a través de la Comunicación A-6844 y sus complementarias, en materia de obligación de ingreso al país en divisas y/o negociación en el mercado de cambios de cobros de exportaciones de bienes y servicios.
Paralelamente, el organismo informó la suspensión del Registro de Operadores de cambio, dispuesta en el punto 22 de la Comunicación “A” 6770.